El Gobierno y la gran mayoría de las comunidades autónomas han pactado en el Consejo Interterritorial de Salud el cierre perimetral de sus fronteras desde el 23 de diciembre hasta el 6 de enero, aunque sí estarán permitidos los viajes a otras comunidades para reunirse con «familiares y allegados». Estas reuniones no podrán sobrepasar las 10 personas y que tendrán que finalizar como hora límite a la 1.30 horas en Nochebuena y Nochevieja.
Muchas son las dudas que han surgido entre los ciudadanos sobre este complicado plan de Navidad de Sanidad. Una de ellas es la multa que puedes recibir en caso de no cumplir con las medidas establecidas por el Gobierno.
Multas desde los 100 hasta los 600.000 euros por incumplir el plan de Navidad
Las personas que incumplan las normas fijadas de entrada y salida de sus regiones sin una causa justificada serán multados por las fuerzas de seguridad con multas que van desde los 100 a los 600.000 euros según su gravedad y reiteración.
Se da el caso de que para poder realizar esos desplazamientos no es obligatorio llevar un justificante. El Gobierno espera que con la «responsabilidad» de los ciudadanos sea suficiente, aunque asegura que pondrán en marcha «los controles que consideren convenientes».
El ministro de Sanidad, Salvador Illa, fue cuestionado sobre este asunto y señaló que «no se ha definido un justificante un concreto». Ahora, solo hay que esperar en la buena fe de los ciudadanos, ya que sin un justificante que demuestre el objetivo del desplazamiento, será francamente difícil establecer un control riguroso de los viajes en el periodo navideño.
Sobre la opción de viajar al extranjero, los españoles podrán pasar las vacaciones navideñas en la Unión Europea, ya que no ha prohibido los viajes entre países. Eso sí, desde Bruselas se recomienda guardar cuarentena una semana antes de viajar y una semana después de regresar del destino navideño.
¿A dónde podemos desplazarnos sin que nos multen?
Otra de las grandes cuestiones que deja serias dudas entre los ciudadanos es la de reunirse en Navidad con familiares y allegados. El ministro de Sanidad, Salvador Illa, dio un significado al término allegado de esta forma: «una persona con la que se tiene una afectividad especial aunque no exista un vínculo familiar definido en el sentido tradicional. Todo el mundo entendemos lo que queremos decir».
«Estas fiestas tienen un componente muy especial y debemos permitir, ese también ha sido el consenso, que un familiar o una persona muy allegada, aunque no tenga un vínculo familiar definido en el sentido tradicional, sea una persona con la que tenemos una afectividad especial, podamos pasar juntos estos días», explico el titular de Sanidad en su comparecencia en Moncloa.
Otras dudas sobre el plan de Navidad
Aunque el plan de Navidad comunicado por el Gobierno se centra más en los días, 24, 25, 31 de diciembre y 1 de enero de 2021, hay otra fecha marcada en rojo para los españoles: el día de Reyes. El límite fijado de diez personas es para los encuentros familiares o con allegados de los días anteriormente citados. Para el 6 de enero, día de Reyes, las limitaciones serán las que fijen las propias comunidades autónomas. A día de hoy, las reuniones se limitan a seis personas por norma general.
Sobre si los niños estarán incluidos dentro de las 10 personas que pueden reunirse en las celebraciones de Navidad, Salvador Illa confirmó este término tras finalizar el Consejo Interterritorial. El documento del plan de Navidad no hacía referencia especial a los menores, pero el ministro de Sanidad ha afirmado que sí contarán.
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