Coche de policía en la calle con agente al frente de pie. De fondo, pocas personas andando

Seis comunidades preparan medidas especiales ante el temor a nuevos repuntes

Suspender permisos y vacaciones o trasladar profesionales entre hospitales si hubiera necesidad, entre las nuevas directrices

Coche de policía en la calle con agente al frente de pie. De fondo, pocas personas andando
Algunas comunidades ya preparan nuevas medidas para hacer frente a la pandemia | EFE

La elevada tasa de ocupación de camas de pacientes en UCI en los hospitales españoles está provocando que las autoridades sanitarias estén en alerta. A día de hoy, los servicios de salud de hasta seis comunidades autónomas han elegido 'militarizar' a sus profesionales sanitarios con nuevos decretos para su jornada laboral o revisionando otros ya aprobados, con el objetivo de estar movilizados si se producen nuevos repuntes de infecciones por Covid.

Las comunidades son Aragón, Asturias, Castilla y León, Castilla-La Mancha, la Comunidad Valenciana y Andalucía. Además, Cataluña y Madrid, también podrían sumarse. El gobierno regional madrileño presidido por Isabel Díaz Ayuso podría llevarlo a cabo cuando esté activo el nuevo hospital de pandemias Isabel Zendal, aún sin fecha de apertura.

Aragón, Asturias, Castilla y León, Castilla-La Mancha, la Comunidad Valenciana y Andalucía, en alerta

En Aragón, uno de los feudos con más contagios y ocupación de las Unidades de Cuidados Intensivos (UCIS) de toda España, el Gobierno regional aprobó una orden el día 3 en materia de recursos humanos. En su artículo 3 establece que «los gerentes del sector y la gerencia del 061 podrán autorizar de manera gradual, en función de la evolución de la crisis sanitaria, el disfrute de días de vacaciones, permisos y días de libre disposición, así como cualquier otro permiso o licencia que implique ausencia del puesto de trabajo, siempre que se halle garantizada la prestación del servicio».

Si revisamos el artículo 4, marca que «cuando las circunstancias concretas que concurran en un determinado centro sanitario imposibiliten el mantenimiento de la asistencia sanitaria a la población con los recursos humanos, las disposiciones relativas a jornada de trabajo y periodos de descanso podrán ser transitoriamente suspendidas por el gerente del sector mediante resolución motivada, indicando las circunstancias concretas habilitantes de la suspensión, debiendo ser comunicada la adopción de tales medidas a la correspondiente Junta de Personal».

No estarán permitidas las exenciones de guardias médicas

Asimismo, la nueva norma hace que el personal del Servicio Aragonés de Salud pueda ser adscrito de forma temporal a trabajos que, como consecuencia de la pandemia, «se hallen coyunturalmente desatendidos, aunque estén ubicados en unidad o centro sanitario distintos al de su destino». Señala, eso sí, que dará prioridad a la «voluntariedad». A su vez, permite a los gerentes colocar al personal de los centros sanitarios funciones diferentes a las habituales de su trabajo, aunque siempre «dentro de su grupo de clasificación».

Por otro lado, no estarán permitidas exenciones de guardias médicas y se tendrá la capacidad para anular las ya dadas, además de prorrogar la estancia en el servicio activo o establecer la reincorporación al mismo. Mientras, la Consejería de Sanidad de Valencia fija que «cuando se produjese una insuficiencia de personal facultativo especialista para atender adecuadamente las necesidades asistenciales en un determinado ámbito funcionarial, las gerencias y/o direcciones de los departamentos de salud o centros afectados podrán adscribir, tanto de manera puntual, a personal facultativo especialista a desempeñar funciones distintas de las habituales en su concreta especialidad».

Se establece la movilidad forzosa del personal sanitario en caso de no haber voluntarios

Remarca también que «deberá acudirse de forma preferente al personal facultativo que se encuentre en posesión de una especialidad afín a aquella en que se produzca esa necesidad, ya que conlleva un mayor espacio de conocimientos compartidos, y cuenta con formación común».

Finalmente, establece la movilidad forzosa del personal sanitario en caso de no haber voluntarios. Sobre el papel, se desplazarían a un centro sanitario aquellos que desarrollan su trabajo en centros limítrofes, pero, «excepcionalmente, también podría recurrirse a los que ejercen en centros no limítrofes».