Mano metiendo cien euros en el bolsillo

La pensión máxima de jubilación que puedes tener sin haber cotizado el mínimo

Se tiene muy en cuenta a la hora de cobrar la prestación la unidad familiar

Cobrar una pensión de jubilación sin haber cotizado lo suficiente a la Seguridad Social es posible. Esta retribución no contributiva tiene como objetivo asegurar a la ciudadanía mayor de 65 años y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios.

Requisitos para cobrar la pensión

La llegada de la pandemia originada por el COVID-19 dejó a miles de ciudadanos parados de larga duración y a otros que no han logrado seguir cotizando aún tirados. Para muchos de ellos será complicado alcanzar el mínimo exigido para acceder a una pensión contributiva de jubilación. Esta requiere haber cotizado un mínimo de 15 años, dos de los cuales deben estar entre los últimos 15.

A pesar de no haber podido cotizar lo suficiente a la Seguridad Social, existe la posibilidad de recibir una pensión no contributiva de jubilación. Para ello es necesario cumplir con una serie de requisitos.

 

En la actualidad estos requerimientos son tener cumplidos 65 años y no tener derecho a una pensión de jubilación contributiva. Además, hay ser residente legal en España, con un mínimo de 10 años de residencia acreditados entre la edad de 16 años y el momento de la solicitud.

A todo ello hay que sumarle que la residencia legal se exige siempre en los dos últimos años inmediatamente anteriores a la solicitud de la pensión y de forma ininterrumpida.

Para poder percibir esta pensión, se exige también tener carencia de rentas, así que los ingresos anuales del solicitante de la prestación no pueden ser mayores a 5639,20 euros.

La unidad económica, un dato importante

En caso de que la persona que la solicita conviva con otros individuos, parientes hasta segundo grado, se tienen en cuenta los ingresos del conjunto de miembros. Esto supone que varían los límites del dinero que se percibirá.

Si los convivientes son su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado, el máximo de ingresos que puede tener la unidad económica es de 9586,64 euros al año si conviven dos personas. En el caso de que sean tres, serían 13.534,08 euros, y cuando son cuatro 17.481,52 euros.

Si entre los convivientes con el solicitante se encuentra alguno de sus padres o hijos, el máximo de ingresos de la unidad económica será de 23 966,60 euros anuales para dos personas. Para tres, 33 835,20 euros al año, y en caso de que sean cuatro, 42.703,80 euros.

 

Como requisito final se solicita no estar percibiendo ingresos que provengan de otras pensiones o ayudas incompatibles. Estas serían la contributiva de invalidez o los subsidios de garantía de ingresos mínimos.

Lo cierto es que la cuantía individual actualizada para cada pensionista no es fija. Esta se calcula de forma individualizada en función del número de beneficiarios que vivan en el mismo domicilio y sus rentas personales y/o de las de su unidad económica de convivencia.

La cuantía íntegra de las prestaciones no contributivas en 2021 se fija en 5.639,20 euros anuales. Esta se abona en 14 pagas, distribuidas en 12 mensualidades y dos extraordinarias.

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La pensión mínima es de 1409,80 euros al año | GTRES
 
 

Por su parte, la pensión mínima es de 1409,80 euros al año, lo que supone 100,70 euros al mes.

Se prevé que el próximo año las pensiones no contributivas sufran un aumento del 3%. De esta forma, la prestación íntegra será de 5808,04 euros anuales, mientras que la mínima se elevará hasta los 1452,01 euros al año.

En el caso de que dentro de una misma unidad familiar haya varios beneficiarios de pensiones de este tipo, las cuantías se verán reducidas. Si son dos los que se benefician de ellas, cada uno percibirá un máximo de 342,38 euros al mes. Con tres, 322,24 euros cada uno.

Las pensiones no contributivas se reciben con carácter vitalicio, siempre y cuando el beneficiario continúe cumpliendo los requisitos exigidos.

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