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El complemento de maternidad que cobrarán en las pensiones casi todos los españoles

La posibilidad de que la medida tenga carácter retroactivo permanece abierta

La nueva redacción del complemento de maternidad de las pensiones llega a la recta final de su negociación con novedades. Entre ellas destaca la ampliación de su alcance, que hasta ahora solo llegaba a las mujeres con un mínimo de dos hijos.

A partir de ahora, este complemento lo podrá cobrar el progenitor, sea madre o padre, que haya visto su actividad profesional disminuida a raíz del nacimiento de sus hijos. Además, comenzará a contar desde el primero de los descendientes.

Según el borrador sobre el que se está trabajando en la mesa de negociación, el «complemento económico para la reducción de la brecha de género» se reconocería por defecto a la madre a no ser que haya una solicitud por parte del otro progenitor.

A pesar de que el documento está siendo todavía debatido y se podría realizar algún cambio, establece unas condiciones para los hijos nacidos o adoptados antes del año 1995 y otras para los nacidos después, por lo que la posibilidad de que la medida tenga carácter retroactivo queda abierta.

El cobro de este complemento no se tendrá en cuenta en la aplicación del límite máximo de las pensiones, ni se concederá en caso de jubilación anticipada, ni parcial. A pesar de ello, en este último caso sí que se reconocería al acceder a la jubilación plena, según el borrador.

Tampoco se reconocerá el derecho a los hombres que hayan sido condenados por violencia contra la mujer, ni a ninguno de los progenitores que hayan sido privados de la patria potestad, señala el mismo documento.

Además, este plus sería compatible con el cobro del complemento por aportación demográfica.

Hasta que desaparezca la brecha

Según el citado borrador, la financiación se hará con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, con una transferencia del Estado al presupuesto de la Seguridad Social.

Este texto señala también la fecha de fin de este complemento, que se mantendrá solo «en tanto la brecha de género de las pensiones de jubilación causadas en el año anterior sea superior al 5%». 

Se entiende como brecha de género «el porcentaje que representa la diferencia entre el importe medio de las pensiones de jubilación contributiva causadas en un año por los hombres y por las mujeres». Una vez esta diferencia haya sido superada, esta ley se derogaría.

Todo apunta a que el texto final llegará al Congreso en los próximos 15 días, según las palabras del ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, en una entrevista en televisión.

Sin embargo, en los próximos días este ministro deberá también comparecer para dar las explicaciones pertinentes sobre su plan de reforma del sistema tras exigirlo este lunes en pleno.

La solicitud de comparecencia del ministro había sido registrada por el PP para que José Luis Escrivá explicara la posible ampliación del periodo de cotización, de 25 a 35 años para el cómputo de la base reguladora de la pensión.

A pesar de que la medida no se ha detallado finalmente en el documento enviado a Bruselas, «sigue dejándose la puerta abierta» a ello, tal y como recordó este lunes la diputada popular Elvira Rodríguez. Esta comparecencia fue la única que ese día no obtuvo ningún voto en contra en la Diputación Permanente.

La modificación del complemento de maternidad de las pensiones, que se aplica desde 2016, sí que es una de las reformas que el Gobierno ha enviado a Bruselas en el marco del Plan de Recuperación y Resiliencia.

De hecho, se trata de una modificación que busca dar respuesta a una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de diciembre de 2019. En ella se calificaba el actual complemento de «discriminatorio» para los progenitores varones.