Rocío Flores demandó a Vanitatis por un presunto delito de revelación de secretos, tras informar sobre su condena por maltrato. Hoy, 29 de julio de 2021, el propio medio digital publica que "se acuerda el archivo provisional de la presente causa".
Así sentencia el titular del Juzgado de Instrucción número 4 de Pozuelo de Alarcón (Madrid). Hablamos del auto publicado el pasado 12 de julio tras la denuncia de Rocío Flores.
La hija de Rocío Carrasco y Antonio David Flores demandó hace unos meses a la empresa editora de Vanitatis y a Nacho Gay. Por este tipo de delito, el Código Penal incluye penas de entre uno y cuatro años de cárcel en su artículo 197.
El abogado de la denunciante recopilaba una serie de artículos publicados entre febrero y marzo del año 2020 en El Confidencial. En ellos, se informaba en exclusiva sobre los episodios judiciales que habían enfrentado a los diferentes miembros de la familia Flores Carrasco. Además, se aportaba la documentación legal, sobre todo con sentencias firmes, para así verificar los hechos publicados.
Rocío Flores pierde en los juzgados contra Vanitatis
El juez considera que "el hecho delictivo aquí denunciado[acerca del relato de la condena por maltrato de Rocío Flores hacia Rocío Carrasco]tiene lugar cuando la denunciante es ya mayor de edad. Que la denunciante tiene una indudable proyección pública en el mundo de la llamada crónica rosa. Y que se informa de un hecho de indudable interés público en tal sector, que afecta tanto a ella como a su madre".
El juez apunta lo siguiente sobre el delito que Rocío Flores atribuye a este medio por la publicación de esta sentencia: la revelación de secretos. "Por las elevadas penas que lleva asociadas, requiere de fundada y grave afectación del bien jurídico protegido que es la libertad o privacidad informativa de los individuos proyectada sobre los datos personales".
"Una afectación que debe descartarse o minorarse para escapar de la esfera penal en el presente caso por actuar los denunciados en el ejercicio de la libertad de información, con datos que ya eran de conocimiento general en el sector periodístico".
Para el magistrado, el digital hizo su trabajo periodístico rigurosamente, con el objetivo de satisfacer el interés general sobre unos hechos de relevancia pública.
El recurso fue rechazado, como muestra la sentencia del 26 de junio de 2013
Aclara en el auto que hay indicios de que los trabajadores del medio digital obtuvieran la documentación vertida en el artículo de forma irregular. Quebrando los preceptos sobre la revelación de secretos que fija la jurisprudencia de los altos tribunales. Tras salir la sentencia judicial, la denunciante, Rocío Flores, presentó un recurso contra la misma.
Hace un año y medio, Vanitatis publicó varias informaciones con respecto a la sentencia firmada el 4 de marzo de 2013 por el Juzgado de Menores n.º 4 de Madrid. En ella se condenaba a Rocío Flores, hija de Rocío Carrasco, por diferentes delitos y faltas cometidas a lo largo de varios años.
El caso es que Antonio David Flores recurrió en nombre de su hija, por aquel entonces menor de edad, ante la Audiencia Provincial de Madrid. Esta era la última instancia a la que podía acogerse en los casos de menores. El recurso fue rechazado, como muestra la sentencia del 26 de junio de 2013, a la que también accedió en exclusiva Vanitatis.
Finalmente, para tomar esta decisión, la jueza de menores y la Audiencia, rescataron las "contradicciones" de Rocío Flores. También mostraron el relato de todos los testigos y la información incluida en los dos partes médicos: el de la hija y el de la madre, Rocío Carrasco.