Una sanitaria muestra una dosis de la vacuna de Pfizer que sostiene en la mano

Un juez obliga a vacunar a un colectivo 'enormemente enfadado' tras quedar excluido

El juez considera que se debe hacer con el mismo orden y sin discriminación

Un juez de Alicante ha obligado a la Conselleria de Sanidad de la Comunidad Valenciana a vacunar también al personal médico de la sanidad privada de la provincia, tras quedar excluida cuando se empezó a inocular la primera dosis de la vacuna contra el Covid-19, ya que el personal médico, sin especificar si es de la sanidad pública o la privada, es el segundo grupo incluido dentro de la primera fase de vacunación establecida por el Ministerio de Sanidad.

Fue el Colegio de Médicos de Alicante quien pidió medidas cautelarísimas al Juzgado, tras observar que se estaba vacunando a los médicos de primera línea de la sanidad pública, pero no a los de primera línea de la sanidad privada, donde también hay pacientes con Covid-19. 

Carlos Rus, presidente de la patronal de la sanidad privada, Aspe, ha explicado que la Justicia ha corregido la situación porque «se ha priorizado sin sentido, ya que se tenía que haber vacunado antes a los que están en primera línea, con independencia de que fueran de la pública o de la privada». Para Rus, tal como ha explicado en 'El Periódico', el hecho de diferenciar entre médicos de la pública y la privada a la hora de la vacunación «solo tiene una justificación posible: la ideológica». 

Rus ha destacado que todo el personal sanitario de la medicina privada de Alicante mostró un «enorme enfado» porque se sintieron «profesionales de segunda cuando se encuentran en una situación de riesgo porque están atendiendo a pacientes Covid».

En el auto judicial, contra el que no cabe recurso, el juez ordena a la Conselleria de Sanidad que comience a vacunar con la primera dosis al personal de las clínicas y hospitales privados y que «elimine cualquier impedimento que obstaculice o dificulte» el proceso de vacunación para este colectivo. 

El juzgado exige que la vacunación de los profesionales de la sanidad privada se realice «con el mismo orden, prelación y demás circunstancias que se aplicarían al personal sanitario público, sin discriminación ni demora alguna respecto al personal sanitario público».

Guillermo Lago, abogado del Colegio de Médicos, ha explicado que estarán «vigilantes» para que la Conselleria administre la primera dosis de la vacuna durante los próximos días «de manera prioritaria» al personal de la sanidad privada, y ha amenazado con tomar medidas penales contra las autoridades si no se cumple la resolución del juez.

Además, se ha abierto un procedimiento para determinar si la Conselleria ha infringido los derechos fundamentales de los profesionales de la sanidad privada que se quedaron sin recibir la vacuna a pesar de ser personal de primera línea, y perseguirán las «pertinentes indemnizaciones» si fuese necesario. 

Desde el Gobierno valenciano se actuó rápidamente tras conocer la decisión judicial, y la Conselleria de Sanidad convocó el viernes, 22 de enero, a todos los responsables de los centros privados ubicados en la región para proceder con el plan de vacunación con estos profesionales.

Los jueces intervienen en la vacunación

No es la primera vez que un juzgado interviene en la vacunación contra el Covid-19 que empezó en España a finales del pasado mes de diciembre, aunque sí es una decisión pionera al afectar a todo un colectivo y no a personas físicas concretas.

La primera decisión judicial llegó desde Santiago de Compostela, donde una residencia de mayores pidió autorización judicial para vacunar a una de sus residentes, una mujer de 84 años que no tenía capacidad de decidir por sus propios medios y a quien su hija impedía vacunarse. El centro quería vacunar a todos sus residentes, pero la hija de la mujer se negó, así que pusieron un requerimiento judicial. 

El juez consideró que la salud pública, y de la propia afectada, prevalecían sobre los motivos que tenía su hija de negar la vacunación, así que autorizó la vacunación. 

Fue también en Santiago de Compostela donde se produjeron los dos siguientes autos judiciales, ambos con el mismo resultado. En uno de ellos, la tutora legal de un anciano se negó a que se le vacunara, mientras en el otro caso fue el propio anciano quien lo rechazó, aunque el juez determinó que «carece de capacidad natural actual para comprender el alcance de la intervención médica pautada».

En ambos casos, también en el original, los jueces primaron la salud de los pacientes, así como la salud pública de toda la sociedad, para determinar que debían ser vacunadas pese a las objeciones.