Hace meses que se esperaba con muchas ganas la gran noticia que se produjo en España el pasado 27 de diciembre: el inicio de la vacunación contra el coronavirus. Tras meses de dura pandemia, se abría por fin un halo de esperanza que hacía empezar ya intentar poner fecha a la vuelta de la normalidad.
Pero uno de los problemas que se planteaba en el inicio de la vacunación era sí se iban a producir muchas negativas a vacunarse, en gran parte, por el miedo a posibles efectos secundarios. Y en las primeras semanas así ha sido.
Hay un cierto porcentaje tanto de trabajadores de residencias, como de sanitarios como de ancianos residentes que se han negado a recibir la vacuna. Pero aunque exista esta negativa, en el último de los casos se puede dar el hecho de que sean obligados a instancias judiciales. Y esto es lo que ha vuelto a ocurrir en Galicia.
Este miércoles se daban a conocer dos sentencias en este sentido del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Santiago de Compostela. En ellas, el magistrado Roberto Soto, especializado en familia, obligaba a vacunarse a dos residentes de un centro de la capital gallega. Uno de ellas es una mujer cuya tutora legal se había negado a que recibiera la dosis y el otro un anciano que, aunque incapacitado y tutelado por la Fundación Pública Gallega para la Tutela de Personas Adultas (Fungas), se negó también a ser vacunado.
Las razones que argumenta el juez
En el primero de los casos, Soto siguió la petición hecha desde la fiscalía para vacunar a la anciana pese a la negativa de su tutora legal. Lo que ha esgrimido el juez es que se ha visto obligado a tomar esta decisión «en el exclusivo interés de la paciente».
Deja claro en su acto judicial que con la vacuna se está evitando para la paciente «el riesgo de contraer la enfermedad e incluso de morir». Recuerda además que con ella, la mujer gozará de una serie de beneficios y «una vez alcanzada la inmunidad». Entre ellos esto le permitirá «disfrutar de un mayor régimen de estancias y comunicación con sus familiares y allegados».
El juez recuerda que ahora mismo los ancianos se encuentran con la problemática de la falta de visitas. La vacunación debería servir para atenuar «la grave y continuada separación del entorno más inmediato que padecen nuestros mayores desde marzo de 2020, con presumible menoscabo de su bienestar emocional».
Como decíamos existe un segundo caso de un anciano que, en este caso, se negaba a recibir la vacuna por voluntad propia. Sobre su vacunación, el juez decía que debe ser atendida la petición de consentimiento informado por sustitución prestado de la Fungas. Explica que pese a las reticencias del hombre, este «carece de capacidad natural actual para comprender el alcance de la intervención médica pautada».
Tras los análisis judiciales de este segundo caso y en la exploración hecha al hombre, el magistrado insiste en su «total ausencia de capacidad de decisión, en particular en relación a la necesidad/conveniencia de que le sea administrada la vacuna».
Ya son tres los casos en Santiago
Precisamente fue en Santiago de Compostela donde se produjo la primera decisión judicial en este sentido. Hace apenas una semana otro magistrado, en esta ocasión del Juzgado de Instrucción número 2, obligaba a poner la vacuna a una mujer de 84 años. En esta ocasión había la hija quién había pedido que no se vacunará a su madre. Este magistrado consideraba que existe un «riesgo menor» por el hecho de vacunar a la anciana, residente en la residencia Domus Vi San Lázaro.