El Ministerio de Hacienda ultima una rebaja en la carga de impuestos en planes de pensiones. El límite conjunto de reducción individual y de empresa asciende a 10.000 euros. Además, crece en dos puntos el IRPF para las rentas del trabajo de más de 300.000 euros.
Hacienda estudia la reforma del reglamento del IRPF por la que se adaptará la subida de este impuesto a rentas altas y permitirá que el plan de pensiones individual y el de las empresas puedan desgravarse en conjunto, elevando el cómputo total de la reducción se ampliará hasta los 10.000 euros, mientras que el límite de aportaciones máximas a planes individuales baja a 2.000 euros.
Así lo recoge el proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, IRPF, sometido a consulta pública y con fecha de finalización de observaciones al mismo el 25 de febrero. En él se adaptan los cambios de este gravamen y las subidas del mismo aprobadas en los Presupuestos de 2021, según publica ‘Europa Press’.
Las nuevas cuentas públicas modificaron los límites de la reducción por las aportaciones, de forma que el límite conjunto de reducción sube de 8.000 a 10.000 euros. Por otra parte, el límite de aportaciones máximas a planes individuales baja a 2.000 euros.
En cuanto a los excesos de aportaciones a los sistemas de previsión social, el reglamento establece que los partícipes, mutualistas o asegurados podrán requerir que las cantidades aportadas que no hubieran podido ser objeto de reducción en la base imponible lo sean en los cinco próximos ejercicios.
La solicitud tendrá que realizarse en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio en que las aportaciones realizadas no hubieran podido ser objeto de reducción por insuficiencia de base imponible o por exceder del límite porcentual establecido en el artículo 52.1 de la Ley del Impuesto.
La imputación del exceso se llevará a cabo respetando los límites establecidos en la Ley del Impuesto. A estos efectos, cuando en el período impositivo en que se produzca dicho exceso concurran aportaciones del contribuyente y contribuciones imputadas por el promotor, la determinación de la parte del exceso que corresponde a unas y otras se realizará en proporción a los importes de las respectivas aportaciones y contribuciones.
Por otro lado, cuando tengan lugar aportaciones realizadas en el ejercicio con aportaciones de ejercicios anteriores que no hayan podido ser objeto de reducción por insuficiencia de base imponible o por exceder del límite porcentual establecido en el artículo 52.1 de la Ley del Impuesto, se entenderán reducidas, en primer lugar, las aportaciones correspondientes a años preliminares.
De igual manera, el reglamento recoge también los supuestos en los que se hayan llevado a cabo aportaciones por el contribuyente y contribuciones imputadas por el promotor a los sistemas de previsión social en los períodos correspondientes de 2016 a 2020 que no hubieran sido objeto de reducción en la base imponible por insuficiencia de base imponible o por haber excedido del límite porcentual establecido en el artículo 52.1 de la Ley del Impuesto y se encuentren pendientes de reducción a 1 de enero de 2021.
En concreto, se entenderá que las cantidades pendientes de reducción atañen a contribuciones imputadas por el promotor, con el límite de las contribuciones imputadas en dichos períodos impositivos. El exceso sobre este límite se entenderá que afecta a aportaciones del contribuyente. De acuerdo a la ley del IRPF, el límite máximo para reducirse planes de pensiones es la cantidad menor entre el límite máximo de 10.000 euros en conjunto o el 30 por ciento consiguiente de sumar los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas logradas de manera individual en el ejercicio.
Incremento del IRPF
El proyecto del nuevo reglamento del IRPF también aborda la nueva escala de tipos derivada del aumento de este gravamen a las rentas más altas aprobado en el marco de los Presupuestos.
De esta forma, se amplía en dos puntos el IRPF para las rentas del trabajo de más de 300.000 euros, engrandeciendo así el tipo marginal dos puntos al 47 por ciento, y tres puntos para las rentas de capital de más de 200.000 euros, un 26 por ciento. Estos cambios afectarán a 36.194 contribuyentes con un impacto de 491,4 millones de euros entre 2021 y 2022, según los cálculos de Hacienda.