No cabe duda del impacto del caso Rocío Carrasco, que ha detallado con pelos y señales en 'Contar la verdad para seguir viva'. Un impacto que ha causado efectos no tan solo en su familia y en la de su ex marido, Antonio David Flores, sino en toda la sociedad española. Rociíto cuenta con apoyos que avalan su versión pero también con detractores que la ponen en duda, pero su caso ha puesto de nuevo sobre la mesa un tema muy relevante.
Y es que la violencia de género es, sin duda, uno de los grandes problemas a combatir por parte de la sociedad española. Rocío Carrasco expuso, durante la emisión de su docuserie, los maltratos a los que, presuntamente, la sometía su entonces marido, Antonio David Flores. Y habló largo y tendido, también, de la influencia de este sobre sus dos hijos en común que, según ella, contribuyó a alejarlos de su madre.
Una reforma legal en España sobre los casos de maltrato...
Acerca de esta cuestión, la del maltrato machista, se desarrolla la reforma de una ley en España que, en su momento, podría haber sido útil a Rociíto para su caso. Con esta modificación, una simple denuncia por malos tratos va a bastar para supender el régimen de visitas o estancia con sus hijos menores por parte del denunciado. La nueva redacción del artículo 94 del Código Civil, que va a entrar en vigor en septiembre, así lo establece.
La reforma está causando una gran polémica, ya que genera una situación injusta en el caso de que la denuncia acabe en absolución. Ello abre la puerta a hacer un mal uso del mecanismo de la denuncia entre progenitores, con el fin de privar al otro de ver a sus hijos. En estos casos, la nueva redacció establece que «no procederá el establecimiento de un régimen de visita o estancia, y si existiera se suspenderá».
La reforma afecta a aquel progentor que «esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida». Pero también a aquel que atente contra «la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o sus hijos», dice el texto. Son varios los juristas, tal y como recoge 'ABC', que ya han dado la voz de alarma y creen que podrían dispararse las denuncias contra el otro progenitor.
... que, en su momento, podría haber beneficiado a Rocío Carrasco
El contexto en el que se está desarrollando esta reforma legal ha recordado mucho al caso más mediático y reciente de supuestos malos tratos. Nos referimos, claro está, al relato ya anteriormente mencionado que Rocío Carrasco ha hecho en las últimas semanas en 'Contar la verdad para seguir viva'. ¿Hubiera podido cambiar su particular situación en el caso de que esta reforma legal hubiera estado en curso cuando denunció a Antonio David Flores?
La respuesta no es sencilla. Rocío Carrasco denunció a su ex marido por presuntos malos tratos psicológicos el 22 de diciembre de 2016, pero para aquel entonces sus dos hijos en común eran mayores de edad. De esta forma, con la reforma legal actual, no se hubieran desplegado sus efectos y la denuncia no habría acabado con los derechos de Antonio David sobre Rocío y David.
Pero en el caso de que se hubiera decidido a denunciar antes, Rocío Carrasco, con la reforma actual en la mano, podría haberse beneficiado del nuevo artículo 94 del Código Civil. Tendía que haberlo hecho antes del 15 de diciembre de 2016, cuando David cumplió 18 años; y del 13 de octubre de 2014, cuando Rocío Flores logró la mayoría de edad. Solo en este caso eventual, con una reforma como la actual, Rocío Carrasco podría haber recuperado a sus hijos y, quien sabe, el caso que hoy conocemos sería totalmente distinto.