Una mujer mayor cuenta monedas

La ayuda de 400 euros al mes para mayores de 50 años que no tienen trabajo

Este subsidio costará 38 millones de euros a partir de este año

Las personas desempleadas mayores de 52 años que a día de hoy cumplen ya con los requisitos necesarios para jubilarse, a excepción de la edad, pueden solicitar una ayuda de 430 euros al mes mientras buscan empleo. Este subsidio les cubrirá hasta que lleguen a la edad de jubilación.

La nueva ayuda de mayores de 52 años entró en vigor el 13 de marzo de 2019, tras aprobarse el RDL 8/2019. Esta nueva norma incorpora varias mejoras respecto al antiguo subsidio destinado a mayores de 55 años.

Una de las más significativas es la reducción de la edad de acceso a la ayuda a 52 años. Además, este subsidio cotiza para la jubilación, tanto para los nuevos beneficiarios como para quienes ya lo estaban cobrando.

En cuanto a la parcialidad del subsidio, ésta se elimina tanto para nuevas solicitudes como para las más de 12.000 personas que ya lo están recibiendo parcializado actualmente.

Además, se amplía la edad hasta la que cubre la ayuda, que será la edad legal de jubilación. De esta forma, el trabajador podrá elegir entre la jubilación anticipada, si cumple los requisitos, o bien esperar hasta cumplir la edad legal de jubilación cobrando mientras el subsidio.

La ayuda siempre se recibe íntegra y se cobra hasta la edad de jubilación si antes el trabajador en paro no ha encontrado empleo. 430 euros que podrán beneficiar a más de 114.000 personas desempleadas, que se sumarían a los 260.000 mayores de 55 años que todavía lo cobran actualmente. La medida tendrá un coste de casi 400 millones de euros desde este año. 

¿Qué se necesita para cobrar esta ayuda?

Para poder beneficiarse de este subsidio es necesario cumplir ciertos requisitos:

En primer lugar, es obligatorio tener cotizaciones suficientes para la jubilación. Esto significa que las personas que lo soliciten tienen que tener acumulados al menos 15 años de cotizaciones para la jubilación en cualquier régimen de la Seguridad Social (cuenta ajena, autónomos, empleados de hogar, etc.), y dos de ellos deben estar dentro de los últimos 15 años.

Además, dentro de ese conjunto de 15 años cotizados, la normativa actual exige tener al menos 6 años de cotizaciones por desempleo en el régimen general.

Para poder optar a este subsidio de mayores de 52 años, el solicitante no debe tener ingresos brutos propios que excedan los 712,50 euros al mes, lo que supone el 75 por ciento del SMI en 2020.

Es necesaria también una vía de acceso. Esto implica tener el derecho a percibir otro subsidio, que se transforma en el de mayores de 52 años. Sin éste no hay forma de acceder a la nueva ayuda.
 
Hasta ahora, las personas que querían pedir el subsidio de mayores de 52 años y no tenían esa vía de acceso, tenían que conseguir acumular al menos 90 días de cotizaciones por desempleo, con uno o varios contratos en el régimen general. Una vez finalizado el contrato de trabajo, con esas cotizaciones se podía solicitar el subsidio.
 
El requisito de los 90 días de cotizaciones sigue vigente para quien no tenga derecho a otra ayuda, pero el SEPE ha establecido un sistema de excepciones para que aquellos desempleados que tuvieron en el pasado una vía de acceso puedan utilizarlo ahora sin tener que pasar por los 90 días.
  
El último de los requisitos es el compromiso de actividad y obligatoriedad de mantenerse apuntado al paro. Al trabajador se le exige estar inscrito como demandante de empleo en todo momento y debe aceptar las ofertas de trabajo de los Servicios Públicos de Empleo y la realización de cursos de formación y orientación laboral.


¿Cómo se tramita?

Al igual que el resto de prestaciones y subsidios del SEPE, existen dos formas para solicitar esta ayuda. En primer lugar pidiendo cita previa presencial en la oficina de empleo y en segundo, si cuenta con certificado digital, DNI electrónico o código de usuario y contraseña, puede realizarlo a través de la sede electrónica del SEPE.