Imagen de archivo de varias personas paseando con mascarilas

'Nueva normalidad' en Galicia: El BOE confirma todas las nuevas medidas desde el lunes

Galicia es la primera comunidad de España que entra en esta etapa de la desescalada

Imagen de archivo de varias personas paseando con mascarilas
Galicia se convierte en la primera comunidad española en legar a la 'nueva normalidad' | pixabay

Galicia  entrará de lleno en la 'nueva normalidad' el próximo lunes, -en la cual seguirán las mascarillas y los topes de aforo-, y su Diario Oficial publica este sábado la resolución de la Consellería de Sanidad que establece las medidas de prevención que regirán la movilidad, las actividades productivas y el ocio.

La resolución pone fin a las restricciones más severas activadas por el estado de alarma, pero recalca que se mantiene la declaración de situación de emergencia sanitaria y establece por tanto diferentes medidas de prevención que complementan las del real decreto del 9 de junio que estipula de forma genérica cuáles son las vigentes en la 'nueva normalidad'.

La administración autonómica incide por tanto en que han llegado a su fin las medidas de contención habidas hasta la fecha, pero llama al «compromiso colectivo» en las medidas de higiene y distancia interpersonal, y mantiene la vigilancia epidemiológica, la capacidad reforzada del sistema sanitario y las salvaguardas de protección de la ciudadanía.

Concentraciones de personas

  • Las reuniones de personas dejan de tener límites. El mantenimiento de la distancia interpersonal de 1,5 metros seguirá vigente y será exigible el uso de mascarilla, a excepción de los supuestos ya regulados en el real decreto para personas con enfermedad o no autónomas. 
  • La tendencia general es la de ampliar al 75% el aforo de los espacios interiores para todos tipo de actividades, con instrucciones específicas para cada una. 
  • La disposición mantiene medidas de prevención generales, que pueden desarrollarse en sectores específicos, en todos los establecimientos, locales de negocio, instalaciones y espacios de uso público y actividades de carácter público.

Educación 

  • La docencia presencial retornará  con un protocolo elaborado por Educación bajo la supervisión de Sanidad. La universidad hará su propio protocolo. 
  • Las escuelas infantiles (de 0 a 3 años) y los centros de atención diurna permanecerán clausurados hasta que se dicte la resolución del departamento competente en materia de política social.  
  • Las academias, autoescuelas, centros de enseñanza no reglada y centros de formación podrán impartir enseñanza presencial con un tope del 75 % del aforo máximo y un límite de 25 personas. 
  • El reinicio de la actividad formativa gestionada o financiada por la Xunta se llevará a cabo, refleja el Diario Oficial de Galicia (DOG), cuando exista una resolución de la dirección general competente de Economía y se fijarán las condiciones de seguridad y salud laboral que deberán cumplir las entidades públicas y privadas que impartan las correspondientes acciones formativas.

Sanidad

  • Los centros, servicios y establecimientos sanitarios y sociosanitarios deberán notificar con carácter urgente todos los casos confirmados y probables de SARS-CoV-2, el virus causante de la pandemia, así como los fallecimientos que puedan estar relacionados con esa enfermedad responsable de la emergencia sanitaria.

Parques infantiles

  • Se establece el tope de una persona por cada cuatro metros cuadrados en parques infantiles, parques biosaludables, zonas deportivas, pistas de 'skate' o espacios de uso público al aire libre.
  • Se recomienda que haya geles hidroalcohólicos  y viricidas en esos espacios.

Residencias y centros sociales

  • La autoridad sanitaria podrá intervenir residencias públicas o privadas, asumir su control o apoyarlas puntualmente con su personal. 
  • Podrán abrir los centros de atención social, comedores sociales, centros de actividades de inclusión y similares con una capacidad del 75 % del aforo.

Hostelería

  • La hostelería tendrá un tope del 75% del aforo para el consumo en el interior  de los locales, que podrá ser en barra o mesa. Las terrazas podrán ocuparse al 80% de las mesas permitidas en el año anterior. El tope por mesa o agrupaciones de mesas de 25 personas. 
  • Los establecimientos, instalaciones y locales deberán exponer al público la cabida máxima autorizada, que deberá incluir a los trabajadores, y establecer procedimientos que permitan el recuento y control. 
  • Las escaleras mecánicas, los ascensores, las zonas comunes de paso y las recreativas son los puntos críticos a los que habrá que prestar especial atención, señala el texto del Gobierno gallego. 
  • Las discotecas y establecimientos de ocio nocturno podrán trabajar exclusivamente las terrazas al aire libre para consumo «sentado en mesa». Limitarán su aforo al 75% de las mesas permitidas en el año inmediatamente anterior. La ocupación máxima será de 25 personas «por mesa o agrupación de mesas».

Hoteles y turismo

  • Hoteles y alojamientos turísticos no podrán superar el 75 % de su capacidad. Las actividades de grupo tendrán un máximo de 25 personas. 
  • Los albergues turísticos podrán volver a operar, aunque con una capacidad máxima del 50% del aforo. 

Zonas recreativas

  • En los parques y zonas deportivas de uso público que están al aire libre únicamente se permitirá una persona por cada cuatro metros cuadrados de espacio de superficie computable.

Oficios religiosos, velatorios y bodas

  • Se usará mascarilla en la entrada, salida y desplazamientos en zonas interiores de espacios comunes de culto. No se podrá superar el 75 % de la capacidad  máxima del aforo. Se limitará «al menor tiempo posible» la duración de los encuentros y celebraciones.
  • En los velatorios podrán estar 60 personas al aire libre y 30 en espacios cerrados  mientras que en la comitiva fúnebre, para el entierro o cremación, se permite un ligero incremento: hasta 75.
  • En los banquetes nupciales, el tope máximo es el 75 % del aforo y en todo caso 250 personas si son en el exterior y 150 en interiores.

Comercio

  • Los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales abiertos al público no podrán superar el 75% del aforo total  y en el supuesto de que estén distribuidos en varias plantas, tendrán necesariamente que guardar esa misma proporción.
  • En aquellos que tengan condición de centros y parques comerciales o formen parte de ellos, igualmente al 75%, y no podrá superarse el 50% del aforo en zonas comunes y recreativas.
  • Con los mercadillos, no será posible superar tampoco el 75% de los puestos habituales  autorizados. El extenso documento incluye el matiz, no obstante, de que los ayuntamientos podrán aumentar la superficie habilitada y fijar, asimismo, nuevos días para el ejercicio de esta actividad en la vía pública y, de este modo, compensar las limitaciones.

Cultura, cines, teatros, espectáculo y eventos

  • Museos y salas  de exposiciones tendrá un tope del 75 % del aforo. Los grupos de visitantes no podrán superar las 25 personas, al igual que en el caso de los monumentos.
  • En los cines, teatros, auditorios y circos de carpa, fuera del plan de desescalada, deberá haber butacas preasignadas y respetarse el tope del 75 % del aforo. 
  • En los recintos destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas habrá público sentado y un límite máximo de 300 personas en lugares cerrados, y de mil al aire libre. Este condicionante afecta por ejemplo a los mítines, hecho relevante en Galicia que, como el País Vasco, celebra elecciones el 12 de julio.
  • La actividad taurina podrá volver con un tope de 800 personas. 

Deporte, piscinas, ocio al aire libre y caza

  • En la práctica de la actividad deportiva federada de competencia autonómica, de forma individual o colectiva, sin contacto físico, se tolera un máximo de hasta 25 personas simultáneamente en los entrenamientos. No se aplicará tal límite en las competiciones en las que las reglas federativas garanticen espacios diferenciados para cada equipo.
  • En las piscinas, el límite es del 75%  tanto en el acceso como en la propia práctica deportiva o recreativa.
  • En las playas habrá que seguir manteniendo la distancia interpersonal y los espacios para lavar los pies y duchas deberán ser usados una única persona, exceptuando las situaciones en las que alguien necesite asistencia, y será imprescindible reforzar la limpieza y desinfección de los mismos.
  • Se permite la caza y la pesca fluvial y marítima. 

Actividades de tiempo libre infantil y juvenil 

  • Se podrán realizar al aire libre, en grupos de 15 personas, con topes del 75 % del aforo y un máximo de 250 participantes, incluidos los monitores; o de 50 % y 150 si son en interior.

Restablecimiento el 1 de julio de actividades suspendidas

  • Si la evolución lo permite, en algo más de dos semanas, el 1 de julio, podrían regresar los establecimientos que se dedican a ofrecer  juegos y atracciones recreativas  diseñadas para público de edad igual o inferior a los doce años, los espacios de juego y entretenimiento y las fiestas infantiles.
  • También los locales de discotecas (el interior) y las fiestas y verbenas, así como otros eventos populares, además de las atracciones de feria.