Maleta en un aeropuerto

Nueva resolución sobre las restricciones para viajar a España

Los países extracomunitarios seguirán teniendo limitados los viajes a la UE.

Los viajes de terceros países a la Unión Europea seguirán restringidos hasta el próximo 31 de octubre. El Gobierno ha prorrogado la restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por motivo de la crisis sanitaria.

La nueva resolución se ha publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y supone una ampliación de la orden aprobada en julio.

Ampliación de las restricciones para viajar del extranjero a la Unión Europea

Durante estos meses, la ausencia de medidas de control y prevención en los aeropuertos ha sido uno de los objetos de mayor debate.

Han sido muchas las voces críticas que han cargado contra los gobiernos por no cerrar las fronteras y permitir la circulación entre países con tasas de contagio muy elevadas.

A pesar de la situación, lo cierto es que durante este tiempo si ha habido una resolución que ha intentado restringir de forma temporal los viajes no esenciales a la Unión Europea.

Aunque estas limitaciones no han afectado a los residentes habituales en la Unión Europea, Estados asociados Schengen, Andorra, Mónaco, El Vaticano (Santa Sede) o San Marino, si ha impedido la entrada de viajeros procedentes de otras partes del mundo.

Países y personas excluidas de las restricciones de viaje en la Unión Europea

La Recomendación (UE) 2020/912 del Consejo, de 30 de junio, estableció limitaciones a los viajes no justificados desde fuera de la UE y publicó una lista de países que estaban exentos de las restricciones de viaje a la Unión Europea:

Los países que no se ven afectados son: Australia, Canadá, Georgia, Japón, Nueva Zelanda, Ruanda, Corea del Sur, Tailandia, Túnez, Uruguay y China.

Además, la resolución que se ha ampliado en el día de hoy también excluye de las restricciones a los ciudadanos de terceros países que tengan un motivo de viaje justificado.

  • Los titulares de un visado de larga duración expedido por un Estado miembro o asociado Schengen que vayan a ese país.
  • Profesionales de la salud, investigadores sanitarios y profesionales del cuidado de mayores.
  • Personal de transporte, diplomáticos, estudiantes o personas que viajen por motivos familiares imperativos debidamente acreditados, entre otros.