La fase 1 de la desescalada conlleva cambios importantes en el uso de los transportes privados para todas aquellas provincias, islas o zonas sanitarias que se encuentran en esta situación. Los conductores deben tener muy en cuenta en qué situaciones pueden ser multados por no usar bien las mascarillas.
Las familias o las personas que convivan en el mismo domicilio podrán ocupar todas las plazas de un vehículo sin tener que ponerse las mascarillas. Se entiende que al convivir juntas no hay un peligro de contagio posible.
Todo cambia cuando se quiere viajar en un vehículo privado con otros amigos o familiares ajenos al domicilio.
Para este supuesto, la norma es que viajen dos personas por cada fila de asientos y, en el caso de un turismo, serían hasta cuatro personas.
El artículo 18.1 considera tres supuestos que conllevan la multa
Además, el uso de la mascarilla para todos sus ocupantes del vehículo es obligatorio en este supuesto y se debe respetar lo máximo posible la distancia de seguridad. Es decir, que cada ocupante vaya pegada a su ventana para evitar el contagio.
El artículo 18.1 del Reglamento General de Circulación considera como falta leve, con una multa económica de alrededor de 100 euros, cualquier elemento que impida mantener la «propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción».
Por ello, el conductor puede ser multado en un control de tráfico por el agente de la autoridad si considera que el uso de la mascarilla no permite cualquiera de estas acciones comentadas.
Finalmente, hay que intentar evitar la interpretación de una mala colocación de la tela o su tamaño puedan acabar en problemas que provoquen la pérdida de capacidades para la conducción.
Esto es, que se pueda llegar a la conclusión que el mal uso de la mascarilla puede generar problemas de visión y provocarle una situación de estrés al conductor.