El uso de la mascarilla será obligatorio desde este jueves 21 de mayo para personas de seis años en adelante en la vía pública o en espacios cerrados, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros. Esta medida será efectiva mientras dure la pandemia del coronavirus.
La nueva medida ha salido este miércoles en el BOE
Así lo ha publicado este miércoles 20 de mayo el Gobierno en el Boletín Oficial del Estado (BOE). No ha dado apenas detalles de las multas a las que se enfrentan las personas que no cumplan con la orden gubernamental.
Sí es sabido que las sanciones por no usar mascarilla en el transporte público oscilan entre los 601 y los 30.000 euros, aunque en casi todos los casos la multa se queda en la cifra más baja de horquilla.
En la orden INT/226/2020, de 15 de marzo, se establecen los criterios de actuación para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en relación con el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria.
Las infracciones podrán oscilar entre los 601 y los 30.000 euros
Además, el texto reza en su quinto punto que las fuerzas de seguridad podrán sancionar con la Ley de Seguridad Ciudadana de 2015, la conocida como 'ley mordaza', y con el Código Penal a quien no cumpla con esta nueva normativa, que estará en vigor a partir de este jueves.
Los agentes que multan por no llevar mascarilla en el transporte público aplican el artículo 36.6 de la Ley de Seguridad Ciudadana: «La desobediencia o la resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de delito, así como la negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad o de sus agentes o la alegación de datos falsos o inexactos en los procesos de identificación» son infracciones graves, conllevando multas de 601 a 30.000 euros.