El artículo 9 del real decreto 8/2020 del 17 de marzo establecía que los permisos y licencias de conducción que caducaran durante el estado de alarma y sus sucesivas prórrogas, quedarían automáticamente prorrogados hasta sesenta días después de su finalización. La fecha para renovar esos carnets de conducir vence el 21 de agosto.
Tras la desaparición del estado de alarma el pasado 21 de junio, la DGT recordó la necesidad de renovar los carnets caducados entre el 14 de marzo y el 31 de mayo, ya que a partir del 1 de junio volvieron a activarse los trámites administrativos.
Según el último censo de la DGT hay unos 27 millones de conductores en España, y uno de los despistes más frecuentes es precisamente conducir con el carnet caducado. Hay que tener en cuenta que, a ojos de la ley, conducir con el carnet caducado es lo mismo que conducir sin carnet y es considerado una infracción grave penalizada con 200 euros.
Aunque el usuario lleve el carnet caducado de forma inconsciente, se sigue considerando una infracción que, eso sí, no comporta retirada de puntos. Otro dato más: según la dirección de tráfico, un 10% de los conductores no lleva el carnet en regla.
Pero la DGT ha querido tranquilizar a los que no hayan podido renovar el permiso por causas de fuerza mayor, ya que podrán gestionar su papeleo antes de la cuarta semana de agosto. Sólo se benefician de este aplazamiento aquellos conductores cuyo carnet caducó antes del 31 de mayo, y tienen como fecha límite el viernes de esta semana.
Dónde se puede renovar
Las autoridades han anunciado también que no es necesario acudir a la sede de la Jefatura Provincial de Tráfico. La renovación del permiso de conducir para evitar la multa sólo se puede realizar en los centros médicos territoriales, mediante cita previa, y en todo momento cumpliendo las medidas higiénicas para prevenir contagios.
El plazo contará a partir de la fecha que se renueve y en ningún momento desde la anterior. Esto es así porque entonces resultó imposible proceder a la renovación del documento. Además los conductores deberán estar pendientes de los plazos de renovación de la ITV, recientemente establecidos por el Gobierno. Esta es también una obligación imperativa que puede acarrear las sanciones pertinentes para cada caso.
El trámite administrativo es diferente para los inmigrantes residentes en España, ya que que en caso de querer renovar el carnet de conducir no tienen que ir al ambulatorio, sino a la jefatura de tráfico de la provincia en la que residen.