Es uno de los datos que a medida que van pasando los días y seguimos en estado de alarma no pará de aumentar. En la rueda de prensa diaria del comité de técnicos lo confirman los portavoces de la Policía Nacional y la Guardia Civil: cada día se ponen miles las multas o expedientes sancionadores por incumplir el confinamiento, habiendo superado la cifra total ya los 600.000.
La gran duda que plantean algunos especialistas en derecho es si realmente una gran parte de estas se van a poder llegar a tramitar. Y realmente explican que hay dos grandes motivos para pensar que buena parte de ellas se quedara en papel mojado.
El primero es obvio: el trabajo acumulado que hay ahora mismo en las delegaciones de Gobierno. Son estas las que se están encargando de hacer la tramitación administrativa de los miles de expedientes. El problema es que faltan recursos y un criterio estándar entre las diferentes comunidades. Con un plazo de 1 año para que las multas sean efectivas, muchas se podrían quedar por el camino.
Diferencia de criterio entre Interior y Justicia
El segundo problema existe en la diferente interpretación que se hace des del ministerio del Interior y el de Justicia sobre los hechos sancionados. Des del principio del estado de alarma, Interior dijo que cualquier persona que se saltará el confinamiento incurría en una desobediencia.
El punto conflictivo se encuentra en el hecho que para que haya desobediencia tiene que haber un requerimiento previo, una orden de una autoridad, en este caso, un agente policial. La interpretación que hace Interior es que en estos momentos este mandato directo se recoge en la gran difusión pública que han tenido las limitaciones de movimientos, además de su publicación en el BOE.
Esta posición contrasta con lo que defiende la Abogacía del Estado que insiste en que es necesario que haya una advertencia directa de un agente antes de multar o que el ciudadano haga caso omiso a sus indicaciones. Además, el propio departamento de Interior defendía hace año y medio que la desobediencia suponía «una negativa implícita» a cumplir una orden que tuviera «oposición corporal o fuerza física».
Cómo están reflejando los agentes las multas en el papel
Pese a todo, y para intentar cuadrar criterios, Interior envió un documento a todos los cuerpos policiales donde se indicaba como multar y las cantidades de las sanciones. Estas van des de los 601 de un desplazamiento no autorizado a los 10.400 por una fiesta con varias personas o una respuesta con violencia.
Se pide a los agentes que reflejen «lo más precisamente posible los hechos». Tienen que incluir si el ciudadano mantuvo una actitud violenta, amenazadora o de «menosprecio, jactancia o mala educación».
Los agentes tienen que valorar el nivel de riesgo para la seguridad o la salud pública según el número de personas que hubiera o la distancia que mantuvieran. Además, se insiste en que se deje constancia sí se trata de un infractor reincidente o de la presencia de menores o personas vulnerables, para incluirlo como factor agravante.