Imagen de recurso de una trabajadora trabajando a distancia desde casa

El Gobierno aclara quién debe pagar la luz o Internet de casa con el teletrabajo

Patronal, sindicatos y Gobierno llegan a un acuerdo y crean la primera ley de teletrabajo en España

La pandemia provocada por el Covid-19 nos pilló a todos por sorpresa. De repente, todo lo que hasta ahora conocíamos y hacíamos con normalidad, pasó a estar prohibido en un intento de reducir los contagios. Los colegios, las tiendas, las empresas cerraron sus puertas hasta nuevo aviso y tuvimos que recurrir a formas hasta ahora poco usuales con las que seguir adelante.

Las empresas no tuvieron más remedio que enviar a sus trabajadores a casa y aquellos empleos que así lo permitían, continuar su labor mediante el teletrabajo. Nació entonces, una nueva forma de entender la vida laboral mientras las dudas de ¿hasta cuándo íbamos a estar así? o ¿quién debe asumir los gastos de luz o internet? seguían creciendo.

A raíz de esto, el Consejo de Ministros se ha reunido este martes 22 de septiembre para aprobar la primera ley del teletrabajo en nuestro país. Mediante esta ley, se persigue una regulación de los derechos y obligaciones que tanto empresas como empleados deben tener en materia del trabajo desde casa.

Patronal, sindicatos y el Gobierno han mantenido reuniones para concretar los puntos que rigen esta nueva ley llegando a un acuerdo. «Hemos logrado acordar una de las legislaciones más completas de Europa en esta materia. Una regulación del teletrabajo digno, con derechos y evitara los abusos y defendiera los derechos de los trabajadores» asegura Gonzalo Pino, Secretario de Política Sindical de UGT.

Esta medida afectará tanto a empresas privadas como públicas. Es decir, que los funcionarios también podrán acogerse al teletrabajo si así lo desean, con los mismos derechos y obligaciones que el resto de trabajadores. Además se establece que se debe compaginar el teletrabajo con la asistencia presencial.

Las claves de la nueva ley del teletrabajo

En primer lugar se entiende como teletrabajo aquel que se realiza desde casa y que suponga el 30% de la jornada laboral semanal durante un periodo de tempo de tres meses, traduciéndose esto en dos días a la semana. Anteriormente, el porcentaje destinado al teletrabajo estaba establecido en el 20%, pero los empresarios han decidido que se eleve al 30%.

Respecto a los gastos derivados de trabajar desde casa, la nueva ley establece que los trabajadores tendrán derecho a un abono de los gastos relacionados con los equipos, herramientas y medios vinculados a la actividad laboral. A falta de acuerdo sobre quién debe asumir el gasto de luz, internet u ordenador, el texto lo deja en manos de la negociación colectiva, rechazando así la petición de los sindicatos de que las empresas deben recompensar a los trabajadores por los gastos derivados.

Esta nueva ley tendrá un periodo transitorio de aplicación de un año, aunque puede extenderse a tres, para las regulaciones laborales que ya estuvieran reguladas por convenio colectivo. Todos los trabajadores que ejerzan su labor desde casa, gozarán de los mismos derechos y obligaciones que los que lo hagan de manera presencial. El texto aprobado recoge también que los medios, equipos y herramientas que exige el desarrollo del teletrabajo, así como los muebles, deberán estar incluidos en un inventario.