España sigue conmocionada por el asesinato a golpes de un joven de 24 años en La Coruña. El crimen de Samuel se ha convertido en bandera de la lucha contra la homofobia. Pero los investigadores descartan la teoría del crimen homófobo y el delito de odio.
Según revela El Español, la principal hipótesis es que el detonante fue una confusión por una videollamada. Creen que, de hecho, los agresores no conocían la orientación sexual de la víctima. Así lo creen a partir de los testigos directos de la agresión.
La policía ha tomado declaración a 15 personas relacionadas con la pelea y ya hay tres detenidos. Queda por esclarecer qué papel jugaron en la pelea, y quién fue el autor material del golpe fatal. No será una tarea fácil, por la mala calidad de las cámaras de seguridad.
Los agentes creen que dos de los tres detenidos fueron los primeros en golpear a Samuel. Lo habrían hecho después de proferir amenazas al joven y a sus amigos. Él se llevó la peor parte, ya que según la investigación lo golpearon salvajemente durante varios minutos.
A pesar de la brutalidad del acto, no hay indicios que haga pensar en un delito de odio. Las plazas de toda España se han llenado para rechazar la violencia contra el colectivo LGTBI. Pero el móvil de la homofobia pierde peso a ojos de los investigadores.
El atestado policial indica que todo empezó por un malentendido con una videollamada. Los agresores, en estado de embriaguez, creyeron que Samuel les estaba grabando. Fue entonces cuando le amenazaron, le insultaron, y la emprendieron a golpes con él.
Por lo tanto, no se habrían acercado a él por su orientación sexual sino porque creyeron que les estaba grabando por el móvil. Además, no conocían de nada a Samuel y no podían conocer su orientación sexual. Esta es la línea con la que trabajan ahora los policías.
La teoría de la agresión homófoba
Según la declaración de los testigos, los agresores se dirigieron a Samuel al grito de «maricón». Pero también utilizaron otros insultos como «subnormal» e «hijo de puta». Para los agentes, esto desmonta la teoría del delito de odio.
En un primer momento, el agresor le dice «o paras de grabar o te mato, maricón». Lo cual, según la investigación, avala la teoría de que el motivo inicial fue la videollamada. Esto aún tiene que demostrarse, pero es la línea en la que trabajan los agentes.
Tras la primera agresión se inicia una persecución de 15 minutos por el Paseo Marítimo. Fue entonces cuando un grupo muy numeroso de agresores lo golpearon hasta la muerte. Se desconoce por qué razón y con qué finalidad.
Es decir, cabe la posibilidad de que el motivo inicial de la pelea fuera la videollamada, pero que se cebaran con él por su condición sexual. Esto, en todo caso, tendrá que ser aclarado más adelante. Por ahora, la investigación descarta el móvil de la agresión homófoba.
Supuestos del delito de odio
Se consideran delitos de odio aquellos que son motivados exclusivamente por motivos de raza, edad, género, religión u orientación sexual. Así queda recogido en el código penal. Además, este tipo de delitos son cada vez más frecuentes.
Samuel tenía 24 años, era de ascendencia brasileña y de orientación homosexual. Murió a golpes mientras los agresores le gritaban «maricón». Pero la investigación no ve indicios de crimen homófobo y delito de odio.
Todavía no se descarta ninguna vía y las pesquisas siguen en marcha para determinar la naturaleza del crimen. En el caso de Samuel, lo más probable es que se juzgue como un delito de homicidio al que se aplicaría un agravante por razones derivadas.
Según el artículo 22.4 del Código Penal, cometer delito por motivos racistas u otra clase de discriminación se considera un agravante. Esto incluye la discriminación por orientación sexual. En el caso de Samuel, esto tendría que probarse ya que no queda muy claro.
El homicidio está castigado con una pena de diez a quince años de cárcel, que puede aumentar según las circunstancias adyacentes. Por ejemplo, si la víctima es menor o especialmente vulnerable se aplica la prisión permanente revisable.
En el caso de Samuel se podría aplicar el agravante de alevosía o ensañamiento. Con ello, la pena aumentaría desde 15 hasta 25 años de cárcel. Esto aumentaría entre 1 o 4 años más si se demuestra que hubo delito de odio por la orientación sexual.