Plano del interior del Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas

La nueva medida para todos los viajeros que lleguen a España a partir del 15 de mayo

Sólo podrán desplazarse para ir a centros sanitarios, comprar comida, fármacos o bienes de primera necesidad y tendrán que hacerlo obligatoriamente con mascarilla

Los viajeros  que vengan a España  desde el extranjero  deberán guardar cuarentena  los 14 días siguientes a su llegada, según una Orden del Ministerio de Sanidad publicada este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que será efectiva a partir del próximo viernes, 15 de mayo, y estará vigente durante el estado de alarma y sus posibles prórrogas.

España  sigue así la estela de gran parte de sus vecinos europeos, que han venido estableciendo periodos de cuarentena  de 14 días  a los viajeros que entran en sus territorios. En España, esta medida se ha venido aplicando a las autorizaciones excepcionales  otorgadas para las repatriaciones de españoles y residentes en España procedentes de Italia. Ahora se hará con todo viajero internacional, aunque habrá excepciones.

Según argumenta el Gobierno  en esta Orden, «la favorable evolución de la situación epidemiológica» en España  y el inicio  de la desescalada  «hacen preciso reforzar las medidas  de control, de tal forma que teniendo presente la distribución mundial del virus y en base al principio de precaución, se considera necesario aplicar a las personas que procedan del extranjero  la necesidad de realizar una cuarentena  durante 14 días».

Será obligatorio el uso de mascarilla

Durante este periodo de cuarentena, los viajeros  que vengan a España  deberán permanecer en su domicilio  o alojamiento, debiendo limitar  sus desplazamientos  a la adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad; asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios, y otros desplazamientos por motivos de fuerza mayor o situación de necesidad. En todos ellos será obligatorio  el uso de mascarilla.

De igual manera, la Orden establece que se deberán observar todas las medidas de higiene y/o prevención de la transmisión de la enfermedad  provocada por el coronavirus, en especial a lo que se refiere a contacto con convivientes.

Las autoridades sanitarias  podrán contactar con las personas en cuarentena  para realizar su seguimiento. En todo caso, ante la aparición de síntomas como fiebre, tos, dificultad respiratoria, malestar general u otros síntomas de caso sospechoso de Covid-19,  las personas en cuarentena  «deberán contactar por teléfono con los servicios sanitarios mediante los números habilitados por las comunidades autónomas, indicando que se encuentran en cuarentena por proceder del extranjero», señala la Orden

De todas estas medidas quedan exceptuados los trabajadores transfronterizos, transportistas y las tripulaciones, así como los profesionales sanitarios que se dirijan a ejercer su actividad laboral, siempre que no hayan estado en contacto con personas diagnosticadas de  Covid-19.