El próximo 7 de abril comienza la Declaración de la Renta 2020, y hay varias cosas que debes tener en cuenta para no llevarte un susto. Porque si no revisas bien el formulario antes de entregarlo y declaras mal el IRPF, la retención del IVA o el domicilio fiscal, te enfrentas a sanciones elevadas.
Quedan pocas semanas para que empiece la campaña de la renta de este año, un momento angustioso para muchos contribuyentes que lo encuentran muy complicado. Algunos incluso optan por entregar directamente el borrador que la propia Agencia Tributaria prepara. Pero esto puede llevar a errores que luego se pagan muy caros.
Primero, hay que tener en cuenta que este es un año especial y que el coronavirus afectará a la declaración de la renta en varios aspectos. Los técnicos de Hacienda recomiendan revisar a fondo los pequeños detalles, este año más que nunca. Los contribuyentes podrían beneficiarse de algunos aspectos, pero también cometer errores u omisiones que comportan fuertes multas.
Según la normativa, entre las infracciones y sanciones tributarias se diferencia entre infracción leve, grave o muy grave. La propia normativa recoge los supuestos y los clasifica según el grado de gravedad, que puede depender de la cuantía de la liquidación.
Cuando la base de la sanción es inferior a 3.000 euros o cuando no existe ocultación, se considera infracción leve y conlleva una multa del 50% de la cuantía. Pero si la base de la sanción es superior a los 3.000 euros o existe ocultación, se considera infracción grave, y entonces las multas son más duras.
Por ejemplo, la utilización de documentación falsa como facturas o justificantes, o más de un 10% de errores en los libros o registros, también se consideran infracciones graves. La multa es proporcional a la cuantía y oscila entre el 50% y el 100%. Si el contribuyente utiliza medios fraudulentos para la liquidación, se enfrenta a una infracción muy grave que le puede costar entre el 100% y el 150% de la base liquidada.
Hay otro supuesto en los que el contribuyente puede salir mal parado de la declaración, y es el error en el domicilio fiscal. Es un error simple pero que comete más gente de la que imaginas. Por esto es importante revisar el borrador antes de entregarlo: si te equivocas en el domicilio fiscal puede llegarte una multa de Hacienda de 100 euros.
Qué hacer si te has equivocado
Lo más recomendable es revisar bien la declaración antes de enviarla. Si a pesar de todo te equivocas, hay formas de arreglarlo, aunque probablemente te tocará pagar alguna parte. La forma de corregir los errores depende de si este te beneficia o te perjudica.
Si te has equivocado a tu favor, puedes presentar una declaración complementaria, es decir, una segunda declaración incluyendo los datos corregidos. Es una forma de decirle a Hacienda que te has equivocado, y que quieres devolver la parte que te has llevado de más. Para hacerlo debes entrar en la web, identificarte e ir a la opción «modificar una declaración». Entonces tienes que indicar los motivos y corregir aquello en lo que te equivocaste.
Pero si los errores que has cometido en la declaración te perjudican, tienes que seguir otro proceso. Si has pagado más de lo que debías o has recibido una parte inferior a lo que te toca, puedes hacer una solicitud de ingresos indebido. Tienes que presentar la corrección a través de la página de la Agencia Tributaria o en la delegación correspondiente en tu domicilio fiscal.
Hay que tener en cuenta que presentar una declaración complementaria no supone ninguna sanción, pero existe un recargo de entre el 5% y el 20% si lo haces fuera de plazo. Si además transcurre más de un año, hay que añadir los intereses de demora. Es importante seguir el procedimiento correcto, porque de lo contrario el contribuyente se enfrenta a un sobrecoste mayor en forma de recargo o intereses de demora.