Desde que se decretase el estado de alarma por el coronavirus el pasado sábado 14 de marzo, la libertad de movimientos se ha visto restringida y en principio sólo se podía usar el coche de forma individual. Así venía recogido en la Orden TMA/254/2020 del pasado 18 de marzo: «Los desplazamientos llevados a cabo en transporte público de viajeros en vehículo de turismo deberán hacerse individualmente», decía el escrito.
Por el contrario, el día 24 de marzo se modificó la norma y ahora permite que en vehículos públicos y particulares de hasta nueve plazas viaje una persona por cada fila de asientos «manteniéndose la mayor distancia posible entre los ocupantes».
Hay que señalar que en vehículos de 7 a 9 plazas de capacidad que tengan tres filas de asientos puede haber hasta tres ocupantes (un conductor y dos pasajeros), siempre manteniendo la máxima distancia posible entre los pasajeros y que los viajes se realicen para alguna de las actividades permitidas en el decreto del estado de alarma.
La DGT aclara cómo deben realizarse los desplazamientos
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha aclarado que las furgonetas con una sola fila de asientos pueden llevar dos ocupantes en la cabina si el desplazamiento se realice por motivos de trabajo y que el espacio sobrante del vehículo se use para almacenar materiales y herramientas necesarias para realizar actuaciones de reparación o mantenimiento de instalaciones.
Según una instrucción firmada el jueves 16 de abril por Pere Navarro, Director General de la DGT, se considera como «transporte privado complementario de mercancías» a furgonetas, furgones o derivados del turismo en trayectos de servicios profesionales. «En todo caso, tendrán que observarse las medidas de protección indicadas por el Ministerio de Sanidad tendentes a evitar el contagio de Covid-19», reza la instrucción realizada por Navarro.