En los últimos días se está hablando largo y tendido de la primera fase de la reforma del sistema de pensiones en España. Precisamente este martes, 6 de julio, el Consejo de Ministros va a aprobar el acuerdo rubricado hace unos días por el Gobierno, la patronal y los sindicatos de nuestro país. Tal y como ya se ha explicado, el principal objetivo es acercar al máximo la edad real de jubilación a la legal, para mitigar el recurso de la jubilación anticipada.
A día de hoy, el 40 % de los trabajadores españoles se jubilan antes de la edad legal y el Gobierno quiere combatir esta práctica. Por ello, el nuevo acuerdo prevé una serie de resortes que buscan incentivar la permanencia en el puesto de trabajo hasta la edad legal de retiro o incluso más allá. Ahora bien, la reforma también incluye vías que, paradójicamente, facilitan la jubilación anticipada en determinados supuestos.
Cinco situaciones en las que jubilarse anticipadamente saldrá más 'barato' que ahora
Aunque los grandes titulares sobre la reforma del sistema de pensiones hablen de penalizaciones a la jubilación anticipada, la letra pequeña del texto los discute. Hasta ahora, con la norma vigente desde 2013, impulsada por el Gobierno Rajoy, había algunas situaciones en las que la jubilación anticipada se consideraba "voluntaria". Ello comportaba mayores penalizaciones sobre sus pensiones, pero ahora el nuevo acuerdo facilita esta vía.
El quid de la cuestión se encuentra en el hecho de que estos mismos supuestos, a partir de la reforma, pasarán a considerarse causa de jubilación anticipada "involuntaria". El paso de jubilación "voluntaria" a "involuntaria" supone una descarga de gravámenes reductores para el trabajador, tal y como detalla este martes La Información. Es decir, que por las mismas causas podrá acceder a la jubilación anticipada en condiciones mucho mejores que las que tenía hasta ahora.
Pero, ¿cuáles son los supuestos que van a permitir una jubilación anticipada más favorable? Los repasamos a continuación:
- Beneficiarios del subsidio por desempleo para mayores de 52 años.
- Acceso a la jubilación tras rechazar una propuesta de traslado de la empresa que suponga un cambio de residencia para el trabajador.
- Acceso a la jubilación tras negarse a un cambio sustantivo de las condiciones laborales.
- Acceso a la jubilación tras dejar el trabajo por incumplimientos graves y reiterados, por parte de la empresa, de sus obligaciones. Estas obligaciones se encuentran establecidas en el artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores.
- Acceso a la jubilación tras verse obligada una trabajadora a abandonar su puesto de trabajo al ser víctima de violencia de género
En todos estos casos, hasta ahora, se consideraba que la jubilación anticipada era "voluntaria", pero el nuevo acuerdo cataloga estas situaciones como "involuntarias". De esta forma, será más fácil, menos gravoso, acceder a la jubilación antes de la edad legal. Una contradicción con el motivo principal de la reforma, pero una ventaja para los que se hallen en los supuestos descritos, que verán mejoradas sus opciones de retiro.
Con estos cambios, muchos trabajadores que desde la anterior reforma de 2013 vieron obstaculizada su vía a la jubilación anticipada, mejoran ahora sus perspectivas. Como hemos explicado, el Consejo de Ministros de este martes, 6 de julio, va a dar su visto bueno al acuerdo suscrito por Seguridad Social, patronal y sindicatos. Va a ser el 1 de enero de 2022 cuando entren en vigor los nuevos coeficientes reductores y las nuevas normas previstas en el acuerdo.
Recordemos que la intención del Gobierno es ir más allá y negociar, a partir de septiembre, una segunda oleada de la reforma de pensiones. Se avecinan tiempos de cambios en España.