Camarero con guantes y mascarilla sirviendo una mesa en época de pandemia

Castilla y León pasa a nivel de alerta 1 y relaja restricciones desde mañana

Los buenos datos de las últimas semanas han permitido el cambio

Castilla y León pasa al nivel de alerta 1 por covid. Así se ha anunciado de forma oficial este jueves por la mañana en una rueda de prensa. Ha sido el vicepresidente y portavoz de la Junta, Francisco Igea, quien lo ha comunicado.

Se ha anunciado que es toda la comunidad la que modifica su nivel de alerta después de los datos del covid las últimas semanas. Han caído los contagios así como los fallecimientos y hospitalizaciones.

La buena situación que presenta en los últimos días la comunidad ha hecho, por lo tanto, que la Junta haya tomado finalmente la decisión de relajar las restricciones actuales.

Así pues, la comunidad verá relajadas sus medidas desde este mismo jueves. Algunas de las restricciones que se verán modificadas serán las que afectan a hostelería, ocio, comercio, alojamientos turísticos y cultura, entre otras.

Lo que se puede hacer en el nivel de alerta 1 en Castilla y León

Las nuevas restricciones serán más relajadas que las que había hasta ahora y afectaran a diversos ámbitos.

La aplicación de las mismas, en un principio, será a partir de este mismo viernes. Para ello tendrá que publicarse el acuerdo en el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCyL), que es lo que se prevé que se haga mañana.

Hostelería, ocio nocturno y locales de juego y apuestas

  • En bares y restaurantes: Se permite el consumo en barra. El aforo máximo en interior será del 75% con una ocupación máxima por mesa de 25 personas. Al aire libre no hay límite de aforo pero sí un máximo de 25 personas por mesa. 
  • Discotecas: Aforo máximo del 50% y se permite el consumo en barra y de pie. Mesas de un máximo de 25 personas.
  • Resto del ocio nocturno como pubs, karaokes y bares especiales y locales de apuestas y juego: Aforo máximo del 75% con consumo en barra permitido y meses de hasta 25 personas.

Comercio

  • Establecimientos y locales minoristas: Aforo máximo del 75%
  • Centros comerciales: Aforo máximo del 75% tanto en interior de establecimientos como en zonas comunes
  • Mercados en la vía pública: Aforo máximo del 75%

Turismo

  • Casas rurales: Máximo de 12 personas con límite de tres grupos de convivencia estable
  • Albergues: Máximo aforo del 75%. En la misma estancia solo personas del mismo grupo de convivencia.
  • Otros alojamientos turísticos: Zonas comunes con un aforo máximo del 75%.

Cultura

  • Bibliotecas, archivos, museos y salas de exposiciones, monumentos: Sin restricciones de aforo
  • Cine, teatro, auditorios, circos: Aforo máximo del 75% con un asiento de separación o 1,5m de distancia si no hay asientos entre distintos grupos de convivencia.
  • Instalaciones taurinas, plazas y recintos: Debe ser siempre con público sentado y con un aforo máximo del 75%. Con un asiento o 1,5m de distancia entre grupos de convivencia.

Ceremonias religiosas

  • Velatorios, entierros: Aforo máximo del 75% en espacios cerrados y comitiva de un máximo de 75 personas siempre que se pueda garantizar la distancia. Al aire libre no hay limitaciones.
  • Bodas: En espacios de culto aforo máximo del 75%. En otros lugares cerrados, público o privados, el aforo será del 50%. Al aire libre puede ser del 75%.

Deporte y actividades de ocio

  • Actividad física no oficial: Aforo del 80% al aire libre y del 75% en espacios cerrados. En actividades colectivas un máximo de 25 en instalación cerrada y de 30 en aire libre.
  • Piscinas, spas y balnearios: Sin límite de aforo.

Eventos

  • Congresos, conferencias y otros encuentros profesionales: Aforo máximo del 75% con un límite de 100 asistentes. Con una butaca vacía o 1,5 metros de distancia entre no convivientes.