Dos guardias civiles paran a un coche que está circulando

Estado de alarma Coronavirus: 9 casos en los que puedes coger el coche

Impuesto de circulación, ITV, sanciones, mantenimiento del coche... Todo lo que tienes que saber.

Las medidas excepcionales adoptadas por el gobierno con el estado de alarma ante la crisis del Coronavirus han alterado la vida cotidiana de los ciudadanos y es normal que aparezcan dudas sobre los aspectos más mundanos como el uso del coche. ¿Puedo utilizar el coche durante el estado de alarma?  ¿Cómo hacerlo para evitar infracciones?

El ministerio del Interior  establece los supuestos en los que puedes utilizar tu vehículo  particular y cómo hacerlo para evitar infracciones y la propagación del Covid-19.

Cuándo puedes coger el coche

Una de las restricciones del Decreto de estado de alarma tiene que ver con la limitación de los desplazamientos largos, pero si tienes dudas sobre cuándo coger el coche sigue estas recomendaciones de las autoridades.

1. Para adquirir alimentos y productos de primera necesidad

Las autoridades permiten circular para desplazarse hacia centros de distribución de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad. Siempre se tiene que circular solo, sin acompañante, y si puede ser en trayectos cortos.

2. Asistir a centros sanitarios

Según los supuestos del real decreto se puede circular para ir a centros de atención primaria, hospitales y otras instalaciones médicas, pero sólo en caso de extrema necesidad. ¿Puedo llevar a un enfermo al médico? Sí, este es uno de los pocos supuestos en los que se permite conducir con un acompañante.

3. Desplazarte a tu centro de trabajo 

Como establece el artículo 7 del Decreto del estado de alarma sobre la libre circulación de personas, el desplazamiento por motivos laborales se contempla dentro de los supuestos siempre que exista una autorización formal del empresario a través de un salvoconducto.

4. Volver a tu lugar de residencia

En el caso de tener que desplazarte hacia un centro de distribución de alimentos o productos de primera necesidad, un centro sanitario o tu lugar de trabajo, tienes también derecho a volver a casa y el viaje de vuelta entra dentro de los supuestos permitidos.

5. Atender a personas dependientes

Los desplazamientos para atender a personas mayores, menos, enfermos o dependientes y con discapacidades está permitido, debiendo acreditar a las autoridades quién es la persona en cuestión, el estado en el que se encuentra y su lugar de residencia.

6. Acudir a entidades financiera y seguros

Aunque la mayoría de las entidades financieras y de seguros, así como las del sector público como el servicio de empleo y la Seguridad Social, han cerrado sus oficinas de atención al público y ofrecen sus servicios de forma telemática, se puede coger el coche para acudir a alguna de estas entidades siempre que sea para algo importante.

7. Fuerza de causa mayor justificada

Si surgen problemas imprevistos y fuerzas de causa mayor que exigen el desplazamiento se puede coger el coche. Las autoridades pueden interrogar al conductor y este debe poder justificar la situación para evitar sanciones.

8. Poner gasolina al coche

El decreto permite la circulación de vehículos particulares por vías de uso público para repostar en gasolineras o estaciones de servicio. Debe ser en casos excepcionales y siempre con un solo conductor sin acompañantes.

9. Actividades análogas

Las actividades análogas a las anteriores que puedan ser justificadas ante las autoridades están contempladas en el decreto. Las autoridades apelan al sentido común de los ciudadanos y tomar la decisión más lógica: sólo coger el coche en caso de necesidad

Sanciones por incumplimiento de la norma

¿Qué pasa si incumplo la normativa y cojo el coche durante el  estado de alarma  para casos que no están contemplados? Según el  ministerio del Interior, en caso de incumplimiento, los agentes de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado tienen la facultad para sancionar al infractor con criterios proporcionales.

¿Hasta cuándo dura la restricción?

La normativa establece que el estado de alarma promulgado por el Gobierno  se prolongará durante quince días, o sea, hasta finales de marzo. Las medidas se pueden alargar con la autorización del Congreso de los diputados si las circunstancias de la crisis lo requieren, una situación que no es nada descabellada y que los expertos cada vez ven más clara.

Cómo mantener el coche en buen estado

Si no cumples los requisitos comentados anteriormente deberás tener el coche parado 15 días. Ante esto muchos se preguntan cómo afecta esto al coche. En el caso de tener una batería en mal estado podría descargarse, pero en general  tener el vehículo parado durante dos semanas  no supone ningún riesgo.

Si el estado de alarma se prorroga y se llega a los 30 días, los neumáticos empezarían a deformarse por la falta de actividad y se descargaría la batería. Para evitar este desgaste, se recomienda acudir al coche cada tres o cuatro días, en el caso de tenerlo cerca, y ponerlo en marcha. Esto no evita, sin embargo, problemas a largo plazo con la correa o el motor. 

Después de un período largo de inactividad hay que revisar el  líquido de frenos, el aceite y el anticongelante del coche, así como el estado de los neumáticos para volver a circular con él.

¿Tengo que pasar la ITV?

Una de las cláusulas del Decreto del estado de alarma  es la suspensión de los plazos administrativos para la tramitación de procedimientos en el sector público. Mucha gente se pregunta: ¿Estoy obligado a pasar la ITV durante el estado de alarma?

La  ITV es un proceso administrativo y por lo tanto queda afectada por la situación actual.  No es obligatorio pasar la ITV  y el plazo se reanudará en el momento que pierda vigencia el decreto actual y las eventuales prórrogas del mismo. 

Qué pasa con el impuesto de circulación

¿Habrá moratoria con el impuesto de circulación? Esta es una competencia municipal y algunos ayuntamientos como el de Madrid han aprobado una moratoria en el impuesto de circulación. Sin embargo, si quieres conocer tu caso en particular tienes que consultar el municipio donde resides.