Carolina Darias en rueda de prensa el 28 de enero del 2021

Cambio de última hora de Sanidad: Restricciones hasta septiembre aunque no haya casos

El Ministerio obvia así su propia limitación al alcanzar el 70% de personas vacunadas

El Ministerio de Sanidad ha sorprendido este viernes, 4 de junio, con un nuevo giro de timón en cuanto a las restricciones de este verano. Según informa 'El Mundo', el organismo presidido por Carolina Darias quiere alargar las restricciones aprobadas hasta septiembre.

En un primer momento, Darias aseguró que las restricciones aprobadas se aplicarían hasta alcanzar el 70% de población vacunada. Y también debía alcanzarse el 100% de todos los mayores de 50 años, aunque parece que eso no será suficiente.

Según la nueva información conocida hoy, Sanidad quiere que las autonomías sigan aplicando restricciones hasta septiembre, independientemente de la situación epidemiológica. Es decir, incluso aunque estuvieran en 'nueva normalidad' y sin nuevos casos, pide que se sigan aplicando las medidas restrictivas.

Esto significaría alargar las restricciones más de un mes a lo inicialmente pactado. Según el Gobierno, las previsiones son que el 14 de agosto se llegue al 70% de población vacunada, tal como informó el presidente, Pedro Sánchez. Pero con el nuevo texto, probablemente haya que alargarlas todo septiembre, un mes y medio más. 

El texto de Sanidad especifica que: «Debido al especial riesgo de aumento de la transmisión que supone, se recomienda que al menos hasta el mes de septiembre, los territorios en los que los indicadores de riesgo estén por debajo del nivel de alerta 1, mantengan medidas de control de la transmisión no farmacológicas en los ámbitos del ocio nocturno, los eventos multitudinarios y los espacios interiores de los establecimientos de hostelería y restauración».

Las indicaciones no son para fijar las restricciones más severas, sino fijar las del nivel 1 de alerta para aplicar también en nueva normalidad. Y solo se aplicaría en algunos sectores como los mencionados anteriormente. 

Sanidad endurece el semáforo de niveles de alerta

El texto aprobado el pasado miércoles también fijaba el Semáforo de niveles de alerta como una norma, y no como recomendación. Es decir, a partir de ahora las comunidades deberán regirse mediante este semáforo para endurecer o relajar restricciones.

Con el texto del pasado octubre, que solo era recomendado, se podían dar situaciones ambiguas con algunos territorios en dos niveles a la vez. A partir de ahora esto ya no pasará y Sanidad indica que, ante la duda, siempre se aplicará el nivel superior. 

Restricciones en Nivel 0: La 'nueva normalidad'

El nivel 0 de alerta, considerado como nueva normalidad, indica una incidencia media de menos de 25 casos por cada 100.000 habitantes en 14 días. Además, debe haber menos de un 2% de ingresos por Covid y menos del 5% en las UCI. Las tasas de positividad de las pruebas también deben estar por debajo del 4%. 

Este nivel implica llevar mascarilla obligatoria salvo en las excepciones de espacios abiertos para la práctica deportiva y por patologías. Además, la hostelería y el ocio nocturno cerrarán a la 01:00 y a las 03:00 horas, respectivamente. Los aforos se limitarán al 75% en interiores. 

A pesar de estas restricciones, Sanidad pide que en este nivel de alerta se apliquen también las de nivel 1, y no las del 0. En la práctica, el nivel 0 de 'nueva normalidad' no supondría cambios para las comunidades.

Restricciones en nivel 1: Riesgo bajo

En el nivel 1 estarán las comunidades con una incidencia entre 25 y 50 casos. También las que tengan entre 2 y 5% de ingresos Covid-19 y entre un 5 y un 10% en la UCI. Las tasas de positividad deberán estar entre el 4 y el 7%. 

Actualmente, Galicia, Extremadura, Navarra, Murcia, Baleares, la Comunidad Valenciana y Canarias se encuentran en este tramo. Esto significa que hay brotes complejos de casos de Covid-19 o transmisión comunitaria controlada.

Además de la obligatoriedad de la mascarilla, en estas zonas los aforos en el interior de la hostelería estarán limitados al 50%. Su horario máximo permitido será hasta la 01:00, hasta las 03:00 horas en el caso del ocio nocturno.

En este último sector, el aforo será del 50% del máximo, con mesas limitadas a seis personas en interior y a diez en el exterior. Tampoco podrán tener pista de baile.

Restricciones en nivel 2: Riesgo medio

En este nivel se encuentran actualmente Madrid, Andalucía, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Aragón y Cataluña. Tienen una incidencia entre 50 y 150, con entre 5-7% de ingresos y entre 10-15% en las UCI. Y la tasa de positividad estaría entre 7 y 10%. 

La hostelería de estas zonas debe cerrar máximo a la 01:00 y no puede aceptar más de seis personas en mesa. El aforo estará limitado a un tercio en el interior y se deberá garantizar una ventilación adecuada. 

El ocio nocturno puede reabrir con un tercio de aforo en interiores y valorable en exteriores, según crea conveniente la comunidad autónoma. Tampoco podrán abrir más allá de las 03:00 horas.

Restricciones en nivel 3: Riesgo alto

En nivel 3 se encuentran actualmente La Rioja y el País Vasco, con una transmisión comunitaria sostenida y generalizada. La IA de este nivel estará entre 150 y 250, con entre 10-15% de ingresos y entre 15-25% en UCI. La tasa de positividad también alcanza entre el 7-10%. 

Aquí las restricciones al ocio y la hostelería son más severas. Los bares y restaurantes solo pueden servir en exteriores, mientras que el ocio nocturno no puede abrir.