Un coche de la Guardia Civil y Tomás Gimeno

Llega el cambio en la ley que podría haber evitado el caso de Tomás Gimeno

Una nueva Ley impedirá a los padres acusados de maltrato mantener contacto con los hijos

Una nueva Ley prohíbe a los padres acusados de maltrato visitar a sus hijos para evitar situaciones como la de Tomás Gimeno. 

La Ley actual contra el maltrato y la violencia vicaria está lejos de ser la correcta para salvaguardar a las personas afectadas. Poco a poco se van cubriendo los vacíos legales para dotar de protección a estas. 

Han sido demasiados los casos en los que los padres, con antecedentes de maltrato, han puesto en riesgo o han acabado con la vida de sus propios hijos. La finalidad de este acto no es otra que dañar a su expareja y seguir ejerciendo violencia contra ella. 

Algunos casos como el de Tomás Gimeno o José Bretón podrían haberse evitado si la justicia hubiera estado atenta a las demandas de las madres. Esta semana se ha conocido una nueva Ley que luchará por evitar que se den más casos de violencia sobre los menores. 

Hoy 3 de septiembre ha entrado en vigor una norma que prohíbe a los padres acusados y/o condenados por maltrato visitar a sus hijos. Esta medida surge como respuesta a la creciente oleada de violencia vicaria. 

La Ley que protege a los menores de sus padres maltratadores

A partir de hoy mismo los padres que se encuentren sumergidos en un proceso penal y legal por violencia de género tendrán una nueva medida. Esta ha llegado tarde para algunos menores, pero se prevé que con ella se reduzcan los casos de violencia sobre ellos. 

Este nuevo texto jurídico impedirá que los progenitores visitar o disfrutar del régimen de visitas de sus hijos si están acusados o siendo juzgados. Esta nueva Ley, con su entrada en vigor, reforma el Código Civil poniendo final a este tipo de riesgos. 

Esta nueva reforma surgió a raíz de una nueva norma que buscaba acabar con la incapacidad judicial de las personas con diversidad funcional. De hecho, no se pensaba realizar ninguna modificación en materia de maltrato, pero con los últimos acontecimientos la idea inicial se cambió. 

Los juristas encargados de esta modificación decidieron revisar el artículo 94 del citado código para observar su contenido. En este se recoge el derecho del progenitor a visitar o comunicarse con sus hijos en caso de no convivir en el mismo domicilio. 

De esta ha nacido la Ley que faculta a un juez a fijar un régimen de visita o suspenderlo en caso de maltrato o condena por ello. De hecho, una vez que exista denuncia por violencia no podrá haber contacto entre padre e hijos. 

El objetivo principal de esta es acabar con la violencia vicaria y otorgar una mayor protección a los menores. También contempla la autorización de visitas en caso de interés superior del menos siempre y cuando ambas partes estén de acuerdo. 

Además, para asegurarse de que estas visitas autorizadas se lleven de la manera más segura se propone una medida preventiva. Esta consiste en una evaluación psicológica del padre y una evaluación de la relación paternofilial. 

Estas visitas no podrán darse bajo ningún pretexto si el padre se encuentra en prisión por motivos de violencia de género. Ni tampoco si durante la evaluación se detecta alguna motivación en contra de la madre de los menores. 

Este nuevo texto jurídico llega tarde para Ana y Olivia, y más menores que han perdido la vida a manos de sus padres. Aun así, produce cierto alivio contar con una nueva Ley que protege a los menores y da tranquilidad a las madres que han sufrido maltrato

Con ella se elimina la posibilidad de seguir ejerciendo violencia sobre la expareja y usar a los hijos de ambos como vehículo para tal fin.