Si dispones de una cuenta bancaria que ya no utilizas, el estado podría quedarse con tu saldo después de veinte años de inactividad. El Banco de España recomienda cancelar todas aquellas cuentas sin movimientos y que ya no estén activas.
Y es que la entidad puede seguir cobrándote comisiones de mantenimiento, según se establece en el contrato. "Aunque la dejes con saldo cero, no es una cuenta cancelada y puede generar costes", avisan. "Y si se produjera un descubierto, te podría cobrar intereses y comisiones por este hecho".
Sin embargo, no se podrían cobrar comisiones de este tipo si el descubierto se diera a causa del cargo de estos intereses. "Las entidades, generalmente, no suelen cargar comisiones en cuentas con saldo cero para evitar que se genere un descubierto", exponen en su página web.
El banco debe seguir remitiendo al cliente los extractos y demás documentos informativos exigibles en la forma que está pactada. Además, en caso de descubierto, deben "reclamarte periódicamente el saldo pendiente para evitar la sorpresa de cantidades pendientes desconocidas".
Pero si no ha habido movimientos en la cuenta durante cierto tiempo, la entidad podría no enviarte el resumen mensual. De esta forma, el banco considera la cuenta como abandonada si trascurren veinte años sin que en la cuenta se haya efectuado algún tipo de movimiento. Cuando es considerada como tal, el saldo se traspasa al Estado.
A pesar de todo, el banco debe informar por obligación al titular de la cuenta antes de que se produzca el traspaso a Hacienda al menos con tres meses de antelación. El aviso debe hacerse a través de correo electrónico o a través de un medio análogo a la dirección que tenga el banco.
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También se deberá garantizar que no se ha producido ningún movimiento ni gestión por parte del titular en la cuenta bancaria. Además, si lo solicitan, se les facilitará a los titulares o herederos la certificación de que se han entregado a la Administración General del Estado.
Cancelar una cuenta bancaria
Para cancelar una cuenta bancaria, es importante que se den instrucciones precisas y de manera escrita. Se debe contactar con el banco solicitando la cancelación. No es suficiente "con dejar el saldo a cero", advierten.
Una operación que se puede llevar a cabo en cualquier momento y sin necesidad de avisar con antelación. Entonces, la entidad deberá cancelar la cuenta antes de que transcurran 24 horas de la solicitud.
"La cancelación será gratuita si el contrato es de duración indefinida", exponen. También "si tiene un plazo superior a seis meses y queremos cerrarla una vez transcurridos los seis meses".
No obstante, al cancelar la cuenta se tendrá que abonar la parte proporcional devengada si el contrato de cuenta tenía previsto el cobro de comisiones y se han estado cargando periódicamente. Pero si se han pagado por anticipado, el banco deberá reembolsar la parte proporcional.
Los bancos también deben poner a disposición del cliente el servicio de traslado de cuenta si la intención de este es cambiar de entidad bancaria.