Jesús Gascón, director general de la Agencia Tributaria, lo tiene muy claro: «el acceso a domicilios con previo aviso para realizar comprobaciones no parece muy efectivo cuando existe la posibilidad de destruir pruebas».
Gascón, este jueves, ha defendido sin tapujos que el acceso a domicilios con previo aviso para realizar comprobaciones, según su punto de vista, «no parece que sea muy efectivo cuando existe la posibilidad de destruir pruebas». Quiso expresar esta afirmación después de que el Tribunal Supremo fallara que Hacienda no puede acceder a un domicilio u empresa por una corazonada o para ver qué se encuentra.
«Un investigador con autorización debería poder acceder a los locales sin aviso»
Durante su comparecencia en la Comisión de Presupuestos del Congreso para informar sobre el proyecto de Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2021, el director general de la Agencia Tributaria ha hecho referencia a la sentencia del Tribunal Supremo y ha defendido que las personas físicas y jurídicas tienen una protección y derechos constitucionales que hay que conciliar. Ha remarcado estos puntos para finalizar afirmando que un investigador con autorización judicial debería poder acceder a los locales sin previo aviso.
«El acceso con previo aviso no parece que sea muy efectivo cuando existe la posibilidad de destruir pruebas», ha indicado Gascón, quien, no obstante, ha apuntado que el Supremo «ha puesto el problema encima de la mesa» y ha dicho que hay que ver la normativa y encontrar la solución más oportuna, por lo que «lo que hay ahora es endeble».
Un asunto que tendrán que abordar legislativamente los parlamentarios
Asimismo, este Licenciado en Derecho indicó a los diputados presentes en la Comisión de Presupuestos que hay una tarea de gran importancia por delante. Ha recalcado que este asunto se tendrá que ver y debatir en seguida y que probablemente también tendrán que abordar legislativamente los parlamentarios. Así informa Europa Press.
En cualquier caso, rehusó utilizar sistemáticamente la vía penal, ya que, a su juicio, tiene que ser el último recurso, ya que «por judicializar más asuntos no se está haciendo mejor el trabajo, a veces puede ser contraproducente». «La vía penal tiene que ser excepcional, no me preocupa que el número de expedientes judicializados sea mayor o menor; a los jueces tiene que ir lo que tiene que ir, no más o menos», añadió.
Denegado el acceso a un domicilio o empresa por una mera 'corazonada'
En una sentencia publicada a primeros de octubre de este año, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo anuló por defectos de motivación un auto judicial. En esta se autorizó la petición de Hacienda de entrada en el domicilio de una empresa y estaba basada en que había tributado por debajo de la media del sector, lo que inducía a pensar que podía haber estado ocultando ventas efectivas.
A partir de aquí, se estableció que no se puede acceder a un domicilio u empresa por una simple corazonada de algún miembro del equipo de investigación o un propósito meramente prospectivo o indeterminado o para ver qué se encuentra. Por el momento, se seguirán las normas establecidas que alegan un aviso previo a los propietarios del domicilio o de la empresa.
A pesar de que haya indicios de pruebas concluyentes y que, incluso, el aviso pueda llevar a la destrucción de pruebas claves en la investigación, hasta que el Tribunal Supremo no apruebe las peticiones del director general de la Agencia Tributaria, esto seguirá exactamente igual. El aviso previo va a continuar siendo obligatorio, pero Gascón lo tiene claro y seguirá luchando para que sus deseos se hagan realidad y se facilite mucho más este trabajo.