Camarero trabajando protegido con una pantalla de plástico de protección

Seis casos en los que los comercios te están cobrando de forma ilegal por el covid

Algunos establecimientos imponen unas tasas covid que afectan a los consumidores pero son ilegales.

La crisis del coronavirus ha provocado pérdidas millonarias en todos los sectores de la economía. Son muchas las empresas que han visto cómo sus ingresos se han reducido drásticamente por las restricciones implantadas y la disminución del consumo ante la crisis. 

Por si fuera poco, los empresarios también han tenido que afrontar numerosos gastos derivados de la pandemia, como la compra de material de higiene y seguridad.

Cobros ilegales y abusivos de establecimientos a causa del coronavirus

A pesar de que los consumidores no son responsables de este problema, son muchas las situaciones de indefensión a las que se enfrentan los españoles en plena pandemia. Algunos establecimientos han intentado paliar sus pérdidas con cláusulas abusivas e ilegales que los han perjudicado.

Por esta razón, 'El Confidencial' se ha puesto en contacto con la asesoría jurídica Legálitas para evaluar diversas situaciones en las cuales los comercios han aprovechado para sacar ganancia de forma ilegal por culpa del coronavirus.

Las seis situaciones que han sido analizadas pueden sucederle en su día a día a cualquier ciudadano, que ante el desconocimiento pueden asumir el pago sin saber que es ilegal.

  1. Talleres de macánica: si la empresa pretende cobrar un tratamiento de higienización del coche o la moto antes de que manipular el vehículo.
  2. Gimnasios: si el centro impide darse de baja o penaliza al cliente por hacerlo debido a las consecuencias de las medidas sanitarias. Por ejemplo, si el centro suprime las clases o limita el uso de las instalaciones para cumplir con las recomendaciones de las autoridades.
  3. Comercios y hostelería: si un establecimiento incrementa sus precios por el hecho desinfectar las superficies o colocar un dispensador de gel en la entrada.
  4. Academias o autoescuelas privadas: si la empresa se ve obligada a suprimir sus clases y se niega a devolver el dinero. En este caso deben ofrecer alternativas como la formación telemática y si no es posible deben devolver la cantidad abonada porque el servicio no se ha prestado.
  5. Hoteles: si un hotel obliga a abonar al usuario los gastos de estancia en caso de cuarentena. Salvo que la persona tuviera conocimiento de su enfermedad, los gastos deberán ser pagados por las administraciones públicas.
  6. Salón de celebración de eventos o empresa de fotografía: si alguien tiene que cancelar su boda, bautizo o comunión por las limitaciones sanitarias y la empresa le retiene la señal o le obliga a abonar el servicio sin haberlo disfrutado.

El consumidor está protegido por dos leyes fundamentales en estos casos

En todos estos casos, los usuarios deberían reclamar ante la Oficina de Consumidores por tratarse de un cobro ilegal que vulnera sus derechos.

«Siempre que se trate como algo impositivo por parte del prestador del servicio hacia el consumidor y no de algo consensuado entre las partes, la ley siempre va a estar del lado del consumidor y este dispone de mecanismos de reacción frente a aquel para poder reclamar y restituir la situación en su beneficio» advierten desde Legálitas a 'El Confidencial'.

Desde la asesoría legal recuerdan que, en este sentido, hay dos leyes fundamentales que amparan al consumidor:

  • La Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios: define como cláusulas abusivas «todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquellas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario».
  • El Real Decreto-ley 11/2020, aprobado el pasado 31 de marzo, contempla el derecho de reembolso económico cuando no se pueda disfrutar de un servicio contratado.