El próximo 11 de mayo está marcado a fuego en el calendario de la mayoría de conductores de nuestro país porque es la fecha en la que entrarán en vigor los nuevos límites de velocidad en las calles y carreteras urbanas y que cambiarán la forma de conducir.
La mayoría de las calles de toda España se van a ver afectadas por esta nueva normativa, ya que, de forma genérica, se reduce la velocidad máxima para circular por dentro del centro urbano, pasando de los 50 km/h que se permiten actualmente a los 30 km/h.
Este nuevo límite de velocidad no afectará a todas las calles y carreteras, aunque la gran mayoría se verán afectadas. En Madrid, por ejemplo, el 80% de sus calles deberán cambiar sus límites de velocidad, y los conductores deberán acostumbrarse a ellos si no quieren llevarse una multa para casa.
La nueva normativa fue aprobada el pasado 10 de noviembre, cuando el Gobierno modificó el Reglamento General de Circulación, dando un plazo de seis meses desde su publicación en el BOE —al día siguiente de su aprobación— para que los Ayuntamientos tuviesen tiempo de implementar los cambios.
Tres límites de velocidad en vías urbanas
La nueva normativa, como decíamos, rebaja el límite de velocidad hasta los 30 km/h en la mayoría de vías urbanas, pero no en todas, por lo que es necesario aclarar cuándo habrá que cumplir con estos límites.
Lo primero que hay que saber es que habrá calles que incluso tendrán el límite todavía más bajo, en 20 km/h. Las calles con este nuevo límite de velocidad serán aquellas que tengan la calzada y la acera al mismo nivel, es decir, sin diferencia de altura entre la acera, por donde circulan los peatones, y la calzada, por donde circula el vehículo.
El límite aumenta a 30 km/h para la mayoría de calles, que son aquellas que tienen calzada y acera a distinta altura. Además, se aplicará este límite siempre que estas calles tengan un solo carril o tengan dos, pero solo uno para cada sentido. Es decir, la mayoría de calles y carreteras urbanas.
Por contra, el límite de 50 km/h seguirá vigente en algunas calles, concretamente en aquellas que tengan dos o más carriles por cada sentido de circulación y tengan la acera y la calzada a distintos niveles de altura.
Todos estos límites son genéricos y aplicables a todas las calles urbanas que hay en España, pero cada municipio podrá adaptarlos a la baja en los casos en los que crea que es necesario.
Por ejemplo, hay localidades que actualmente tienen calles con dos carriles de circulación en un mismo sentido y que tienen limitada la velocidad a 40 km/h. Según la nueva norma, el máximo permitido en estas calles es de 50 km/h, pero estos Ayuntamientos podrían mantener el límite que ellos ya se marcaron de 40 km/h en función de las características de la vía.
Cabe destacar que en nuestro país ya hay muchas localidades, especialmente grandes ciudades, que se adelantaron a la reforma y rebajar los límites de velocidad en todo su territorio con anterioridad. El pasado mes de septiembre, antes de que se aprobase la reforma, ya había varias capitales españolas que aplicaban estos límites: Pontevedra, Oviedo, Santander, Bilbao, Pamplona, Zaragoza, Barcelona, Tarragona, León, Burgos, Salamanca, Soria, Madrid, Palma, Valencia, Murcia, Albacete, Málaga, Córdoba, Sevilla, Cádiz, Cáceres y Las Palmas de Gran Canaria.
600 euros de multa y pérdida de puntos
Los nuevos límites de velocidad comportarán considerables multas y pérdidas de puntos del carné si no se respetan. Los incumplimientos serán considerados como infracciones graves o muy graves, por lo que supondrá sanciones económicas de entre 100 y 600 euros. Además, el conductor podrá perder hasta seis puntos del carné de conducir, en el peor de los casos, según la velocidad a la que estuviese circulando.
En una calle con un límite de 30 km/h, si el conductor circula entre 31 y 49 km/h supondrá una multa de 100 euros; desde los 50 hasta los 59 km/h serán sanciones de 300 euros y la pérdida de dos puntos del carné; circular por encima de los 60 km/h supondrá 400 euros y cuatro puntos; y si se sobrepasan los 70 km/h hasta los 80 km/h, el conductor tendrá que pagar 500 euros y perderá seis puntos.
Por encima de los 80 km/h será considerada una infracción muy grave, lo que acarreará una multa de 600 euros y la pérdida de seis puntos de carné. Si se superan los 90 km/h, además de las sanciones anteriores, el conductor se podría enfrentar a penas de cárcel de entre tres y seis meses, entre seis y doce meses, o con trabajos en beneficios a la comunidad, en función de cada caso, además de perder el derecho a conducir hasta cuatro años.
El objetivo es reducir la mortalidad urbana
Los nuevos límites de velocidad tienen un objetivo claro: reducir los accidentes mortales dentro de las vías urbanas. En el año 2019, el último ejercicio del que había datos en el momento en que se redactó la nueva normativa, los fallecimientos por accidente en vías urbanas habían aumentado un 6%, precisamente el mismo porcentaje que se había reducido en el caso de accidentes mortales en vías interurbanas.
Es decir, mientras las muertes en carretera bajaban, las muertes por accidentes dentro de la ciudad aumentan. De todas esas muertes, el 82% fueron personas consideradas usuarios vulnerables, como peatones, ciclistas o motoristas.
Según explicó Pere Navarro, director general de Tráfico, el riesgo de morir por un atropello se reduce hasta en un 80% si se rebaja la velocidad. A 50 km/h, el riesgo de morir al sufrir un impacto de otro vehículo es del 90%, mientras que a 30 km/h el riesgo se reduce hasta el 10%.