El Ministerio de Sanidad ha aprobado un nuevo plan de medidas contra el covid-19 común para toda España, que será «de obligado cumplimiento». Así lo acordó este miércoles el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, aunque varias comunidades —Madrid, Cataluña, el País Vasco, Galicia, Andalucía y Murcia— se opusieron a este documento.
Sea como sea, el nuevo plan de medidas va a entrar en vigor cuando se publique en el BOE y se aplicará en todo el país... aunque dos comunidades ya han anunciado que lo piensan desobedecer. Se trata de la Comunidad de Madrid, que quiere aplicar su propio plan; y el País Vasco, que también quiere regirse por sus propias medidas. Además, la anulación del toque de queda en Baleares por parte del Supremo, este jueves, va a acarrear su anulación inmediata en los otros lugares donde estaba vigente: Valencia y algunos municipios de Galicia.
En todo caso, el nuevo texto de Sanidad se adapta a la nueva situación de la pandemia en nuestro país, «especialmente marcada por la vacunación», y establece en base a qué indicadores podrán levantarse o aplicarse medidas para combatir el virus en cada región. El documento en cuestión va a regir las restricciones desde ahora y hasta que se alcance el ansiado porcentaje del 70% de los españoles vacunados con la pauta completa, cifra que se espera lograr a mediados de agosto.
Las principales medidas del plan de Sanidad
De esta forma, el documento aprobado este miércoles recoge algunas novedades en referencia a las principales restricciones vigentes en nuestro país. Las reglas establecidas adquieren importancia ya que van a estar vigentes durante el periodo vacacional de este verano en España. Repasamos algunas de las principales medidas que recoge el nuevo plan.
Discotecas y ocio nocturno
Podrán abrir hasta las 2.00h en aquellas comunidades con una incidencia de hasta 150 casos por cada 100.000 habitantes con evolución positiva; y hasta las 3.00h en aquellas que tengan una incidencia igual o menor a 50 casos por cada 100.000 habitantes.
En ambos casos, los aforos van a estar reducidos al 50% en el interior, mientras que las terrazas podrán ocuparse al 100% con 1,5 metros de distancia entre mesas. Tan solo se podrá beber y comer en las mesas, ocupadas con hasta 6 personas en interiores y 10 en exteriores.
Con los datos de hoy, cinco comunidades aún no pueden reabrir el ocio nocturno porque su incidencia es mayor de 150. Se trata de la Comunidad de Madrid, Andalucía, el País Vasco, Aragón y la Rioja.
Restauración y hostelería
Los bares y restaurantes, incluidos también los 'chiringuitos' y otros establecimientos de playa, deberán cerrar a la 1.00h y dejar de servir a la medianoche. En territorios con una incidencia menor a 50, el aforo en interiores será del 50%, que podrá aumentar al 60% si se garantiza una buena ventilación, y se podrá consumir en barra.
Allí donde la incidencia sea mayor a 50 pero menor a 150, el aforo interior quedará limitado a un tercio y quedará prohibido el consumo en barras así como poner música «a todo volumen». También se limitarán las mesas: deberán estar separadas entre ellas al menos 2 metros y las podrán ocupar 6 personas. 'A priori', el documento recoge que los interiores deberán estar cerrados en comunidades con una incidencia mayor a 150.
En exteriores, se podrán ocupar siempre el 100% de las mesas, distanciadas a 1,5 metros entre ellas, y ocupadas por hasta 10 personas.
Medidas especiales para comunidades con incidencia mayor a 150
Además de las medidas que se establecen en ámbitos como la hostelería o el ocio nocturno, el documento también establece que las comunidades con una incidencia más elevada de 150 deberán cerrar perimetralmente, limitar las reuniones a 4 personas y recomendar a la población que permanezca en sus domicilios.
También debería aplicarse el cierre de gimnasios, el aplazamiento de ceremonias como bodas, comuniones o bautizos, y restringir el aforo de las actividades de culto religioso a un 33%. El aforo de piscinas también se reduciría a un tercio, se deberían suspender el EBAU y las oposiciones, así como los congresos, que tan solo podrían celebrarse de forma telemática.
Fumar en la vía pública
El nuevo documento no permite fumar, tampoco cigarros electrónicos, en la vía pública o en espacios al aire libre si no hay una distancia de al menos dos metros. También queda prohibido hacerlo en las zonas destinadas al público en eventos que se celebren al aire libre.
Eventos y actividades multitudinarias
Se admite su celebración en comunidades con incidencia baja, pero se obliga a los organizadores a evaluar el riesgo en base al documento específico «Recomendaciones para eventos y actividades multitudinarias en el contexto de nueva normalidad por Covid-19 en España».
Estudios de seroprevalencia y cribados
El documento prevé una quinta tanda del Estudio Nacional de Seroprevalencia ENE-COVID cuando se alcance la inmunidad de grupo y antes de que termine 2021. Además, los cribados a población asintomática van a seguir realizándose según las indicaciones de las autoridades sanitarias.