Con la aprobación de la Constitución Española en 1978, la administración pública pasó a estar sujeta a la ley y durante algunos años se aprobaron varias normativas con el objetivo de garantizar la eficiencia de la gestión pública, así como la transparencia y la agilidad que son la base de toda economía competitiva.
La aprobación de la ley 39/2015 de 1 de octubre o Ley de Procedimiento Administrativo Común establece nuevas pautas de relación entre la administración pública y los ciudadanos, y con el resto de administraciones e instituciones del Estado.
Objetivos de la nueva ley
En el BOE puedes consultar la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común, que tenía como objetivos acabar con la dispersión jurídica, reforzar la participación ciudadana, garantizar la seguridad jurídica y revisar el ordenamiento.
La ley fue aprobada el 1 de octubre de 2015 y actualizada el 22 de noviembre de 2019. Consta de seis títulos, cinco disposiciones adicionales, cinco disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y siete disposiciones finales. Te hacemos un resumen de la ley 39/2015.
¿Qué dice la ley 39/2015?
La novedad más relevante de la ley 39/2015 es que la relación con la administración la gestión de los trámites habitual pasa a ser por vía telemática. Están obligados a este efecto las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, los profesionales con colegiación obligatoria y los empleados de las administraciones públicas.
La ley especifica que todos los documentos y actos administrativos se tienen que emitir por escrito a través de medios electrónicos, procedimiento al que también se someten todos los expedientes.
Todas las personas tienen derecho a ser asistidas en el uso de medios electrónicos y puesto que la ley obliga al uso de estos medios tiene que proporcionar toda la ayuda necesaria para garantizar el correcto uso de la misma sin perjuicio del usuario.
Todos los interesados, tanto personas físicas como jurídicas, pueden actuar en un procedimiento mediante un representante al que previamente se la otorga un poder. Algunas personas, dada la complejidad de algunos trámites, prefieren buscar la representación de un abogado, aunque la administración no tiene en cuenta la insuficiente acreditación.
Otro punto relevante de la ley es que establece para la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, un registro electrónico general de apoderamientos sin perjuicio de que cada organismo tenga un registro electrónico particular. Es una de las medidas orientadas a evitar la dispersión.
La ley contempla la interconexión, compatibilidad informática y transmisión telemática de solicitudes, escritos y comunicaciones entre ambos registros electrónicos de apoderamientos.
Respuesta a preguntas frecuentes sobre la ley
La entrada en vigor de la ley 39/2015 así como sus modificaciones plantean algunas dudas a los interesados. Estas son las preguntas más frecuentes sobre la normativa y sus respuestas.
¿Cuál es el régimen transitorio de aplicación de plazos a procedimientos administrativos?
Los procedimientos iniciados antes de la entrada en vigor de la ley 39/2015 no les será aplicada la nueva legislación. Los procedimientos de revisión de oficio iniciados después de su entrada en vigor están sujetos a la nueva ley, así como los actos y resoluciones dictados después de su puesta en marcha.
¿Se pueden crear documentos administrativos en papel?
La respuesta es no. Siempre que su naturaleza no exija otro tipo de formato, los documentos de la administración pública tienen que comunicarse por escrito en formato electrónico. Las personas físicas (los ciudadanos) tienen derecho a presentar documentos en papel, siendo la administración pública la encargada de su conversión en formato digital.
¿Cómo me puede ayudar la Oficina para la Asistencia?
Con el objeto de ayudar al usuario, la administración pone a su servicio las Oficinas de Asistencia en Materia de Registros, que tienen como tareas digitalizar y registrar copias auténticas, practicar las notificaciones, asistir al interesado en su identificación y firma electrónica, ayudarle a iniciar los procedimientos y otorgar apoderamiento.
¿Las Oficinas de Registro se ven afectadas por un día inhábil?
La declaración de un día inhábil a efectos de cómputo de plazos no impide abrir las oficinas en días inhábiles, ya que no determina por sí sola el funcionamiento de los centros de trabajo de las administraciones públicas. Eso permite, salvo situaciones excepcionales, la presentación de documentos.
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