Persona fumant al carrer, amb la mascareta a la barbeta

Última hora: Un juez tumba la prohibición de fumar en la calle y otras restricciones

El juez argumenta que la orden se basa en una resolución del Ministerio de Sanidad que todavía no ha sido publicada en el BOE

Persona fumando en la calle con la mascarilla en la barbilla
Última hora: Un juez tumba la prohibición de fumar en la calle y otras restricciones | Europa Press

El juez del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Madrid, Alfonso Villagómez Cebrián, ha tumbado la prohibición de la Comunidad de Madrid de fumar en la calle si no hay distancia de seguridad, entre otras medidas impuestas por el gobierno regional después de la orden ministerial que todas las comunidades autónomas adoptaron. 

Según ha informado el diario 'El País', además del hecho de fumar en la calle cuando no se pueda mantener una distancia de seguridad, la decisión del juez también anula otras restricciones como la prohibición de comer en el transporte público. 

Los argumentos del juez para esta anulación son que la normativa regional no puede ampararse en una orden ministerial de Sanidad que todavía no se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado. Sin este paso, los ciudadanos están indefensos ante las prohibiciones y considera que este hecho convierte la nueva norma en «nula de pleno derecho».

Además, el auto del juez proclama que el gobierno regional no puede restringir los derechos de los ciudadanos sin la declaración previa de un estado de alarma. De momento, la decisión anula la orden de la Comunidad, que podrá recurrir la resolución. 

Así, varias de las últimas restricciones recogidas en la Orden 1008/2020 e impuestas por la Comunidad de Madrid, relacionadas con la vida pública o el ocio nocturno, entre otras, no podrán implementarse hasta que haya una resolución ratificada sobre las medidas.

De momento, la decisión afecta únicamente a la orden de la Comunidad de Madrid, pero otros jueces de otras comunidades podrían acabar tomando decisiones similares si tienen en cuenta el argumento de la publicación en el BOE, ya que muchas otras comunidades publicaron sus órdenes antes que la región madrileña.

Otras limitaciones afectadas por la decisión

Además de la prohibición de fumar en la calle y de comer en el transporte público para evitar que la gente se quite la mascarilla, la orden también incluía limitaciones al ocio nocturno, suspendiendo toda la actividad de discotecas, salas de baile y bares especializados, así como limitando el horario de bares y restaurantes, que desde entonces debían cerrar como muy tarde a la una de la madrugada y no podían acoger nuevos clientes desde medianoche. 

La misma orden también recogía la limitación a las reuniones de un máximo de diez personas en la calle y recomendaba a los ciudadanos reducir los encuentros sociales, así como compartir «vasos, copas, platos y cubiertos» y encomendaba a las personas a colaborar con la realización de pruebas PCR en caso de brotes.