Dinero extraído de un cajero automático.

La ayuda de 450 euros del Estado: Los requisitos que debes cumplir para cobrarla

Se trata de una ayuda dirigida a aquellas personas con una experiencia laboral de menos de un año

El  empleo es uno de los problemas endémicos de nuestro país, que se ha agravado desde la crisis económica de 2008, desde la cual son miles las personas que necesitan ayudas. Desde entonces, España no ha sido capaz de alcanzar los bajos índices de desempleo que marcaron récord en 2006, con "tan solo" el 8,3 % de la población en paro. Tras el estallido de aquella enorme crisis financiera, la tasa anual de paro no ha bajado nunca del 13,8 %, llegando a rozar el 26 % en 2012.

Los datos, pues, confirman lo que es una realidad del día a día en nuestro país: una parte importante de la población activa no logra conseguir un empleo. Esto les obliga a sobrevivir mediante ayudas del Estado, a través del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). A día de hoy, y según los últimos datos oficiales, un total de 3 614 339 personas cobran algún tipo de prestación por desempleo.

Poco más de 450 euros: la ayuda del Estado si has trabajado menos de un año

Cuando nos referimos al SEPE, a menudo tendemos a pensar que todas las ayudas que otorga este organismo se limitan a la prestación por desempleo. Algunos también piensan en la ayuda específica para personas de más de 52 años. Pero el servicio público de empleo dispone también de otras líneas de ayudas que van destinadas a cubrir situaciones muy particulares y dispares.

Una de ellas es una ayuda específica para aquellas personas que se encuentran sin empleo habiendo trabajado menos de un año. Este subsidio, mucho menos 'popular' que el del paro y el de mayores de 52 años, también puede solicitarse a través de las oficinas de empleo del SEPE. Ahora bien, no tan solo se requiere haber trabajado menos de un año, sino que hay una serie de requisitos que deben cumplirse para cobrarlo.

Los cuatro requisitos básicos para cobrar la ayuda de 450 euros del Estado

Tal y como puede leerse en la página web del Servicio Público de Empleo Estatal, deben cumplirse cuatro reglas para que el solicitante cobre esta prestación. Las repasamos a continuación:

  • Es necesario haber cotizado por desempleo por un tiempo de al menos 90 días, es decir, tres meses. Este es el requisito prioritario en el caso de tener cargas familiares. Si no se tienen, el umbral asciende hasta los seis meses, es decir, los 180 días cotizados. En ninguno de los dos casos se debe haber cotizado más de 360 días al años, ya que entonces se tiene derecho al subsidio por desempleo habitual.
  • Hay que estar en situación real de desempleo, además de notificarlo legalmente en una oficina regional de paro o del SEPE.
  • Hay que inscribirse como demandante de empleo en una de las oficinas autonómicas de desempleo o en el propio SEPE. Además, hay que permanecer en este registro durante todo el tiempo durante el cual se cobre este subisidio. También se obliga a suscribir el compromiso de actividad del Servicio Público de Empleo Estatal.
  • Es obligatorio no percibir rentas mensuales brutas que superen los 712,50 euros. Esta cifra es, concretamente, el 75 % del valor del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Si se cobran rentas, por el motivo que fuera, que superen esta cifra, no se tendrá derecho a la ayuda.

La ayuda de 450 euros puede cobrarse por un máximo de 21 meses

A partir de aquí, si se cumplen los requisitos expuestos, debe determinarse cuánto tiempo puede cobrarse esta prestación de poco más de 450 euros. Para conocer con detalle la duración de este subsidio se tienen en cuenta dos variables. Por un lado, la del tiempo que se ha cotizado; por el otro, la de las cargas familiares.

De esta forma, aquellos beneficiarios que no tengan cargas familiares, tan solo podrán cobrar este subsidio durante medio año. Recordemos que, tal y como ya hemos expuesto previamente, es necesario que las personas sin responsabilidades familiares a su cargo hayan trabajado un mínimo de seis meses para cobrar el subsidio.

Por lo que se refiere a las personas que sí tienen responsabilidades familiares a su cargo, la cosa cambia de forma sustancial. Si han cotizado durante 3, 4 o 5 meses, el subsidio se va a cobrar por el mismo periodo de tiempo cotizado. Si se han cotizado, en cambio, seis meses o más, puede prolongarse hasta un total de 21 meses.

En este caso, inicialmente el periodo de cobro de la prestación es de seis meses, pero una vez agotado, puede prorrogarse en varias ocasiones. Así pues, se pueden aplicar dos prórrogas de seis meses más y una más, de tres meses, hasta alcanzar los 21 de tope.

Estas son, pues, las circunstancias en las que se puede solicitar el cobro de esta prestación de algo más de 450 euros. Se trata de una ayuda menos frecuente, pero también disponible en el Servicio Público de Empleo Estatal.