Imagen de archivo de la fachada del Tribunal Supremo.

El Tribunal Supremo da la razón a los autónomos: 'Se van a revisar'

Después de tres sentencias consecutivas, los autónomos societarios podrán acceder a la tarifa plana de 60 euros al mes.

Imagen de archivo de la fachada del Tribunal Supremo.
El Tribunal Supremo ha dado la razón a los autónomos societarios. | Europa Press

Los profesionales autónomos siempre han reivindicado la falta de apoyo por parte de las instituciones públicas. A pesar de la gran labor que desarrollan en la creación de empleo y riqueza en el país, son uno de los colectivos más maltratados en cuanto a condiciones de trabajo y prestaciones se refiere.

Ahora, los emprendedores han puesto contra las cuerdas a la Administración tras una sentencia del Tribunal Supremo que les ha dado la razón.

La justicia da la razón a los autónomos societarios: podrán acceder a la tarifa plana de 60 euros al mes

Los autónomos han ganado una nueva batalla judicial después de denunciar que la Seguridad Social les impedía acceder a la tarifa plana por el simple hecho de su condición de societario.

Es decir, todos aquellos autónomos que forman parte accionarial de sociedades mercantiles capitalistas, ya sea de sociedades limitadas o anónimas, fueron excluidos de dicho beneficio sin justificación legal.

Por esta razón, el Tribunal Supremo ha dictado tres sentencias consecutivas que dan la razón a los demandantes. «No puede impedirse la aplicación de los beneficios en la cotización previstos en el artículo 31 de la Ley 20/2007, del Estatuto del Trabajo Autónomo, a los trabajadores que ostentan la condición de socios de sociedades mercantiles capitalistas» señala la sentencia a la Tesorería General.

Los autónomos afectados podrán reclamar ante la Tesorería General

De esta forma, a partir de ahora todos aquellos autónomos societarios que hayan interpuesto o quieran interponer las reclamaciones correspondientes tendrán derecho a obtener los beneficios en la cotización con carácter retroactivo.

«Se procederá a la revisión si se insta expresamente por los interesados, cuya tramitación y resolución, en su caso, corresponderá al órgano que dictó el acto originario», reconoce en un comunicado interno la Seguridad Social.

El cambio de criterio forzado por el Tribunal Supremo llevará a la Tesorería General a aceptar todas las reclamaciones pertinentes y a tramitar a partir de ahora la tarifa plana para todos los autónomos, independientemente de la condición del trabajador.

Esta tarifa plana consiste en el pago mensual de 60 euros de cuota durante el primer año, en vez de los 367 euros actuales, por lo que supone un verdadero alivio para cualquier emprendedor en su primer año de actividad.