A raíz de la pandemia, unos 4.000.000 de trabajadores en España se quedaron parados bajo las condiciones de los ERTE, y con la desescalada, algunos de ellos ya han vuelto a sus trabajos, aunque de momento, solo son unos 700.000.
Estas cifras indican que aún quedan más de 3.000.000 de trabajadores que tienen que reincorporarse a sus empresas, y empiezan a surgir muchas dudas respecto a si un trabajador puede ser despedido encontrándose en situación de ERTE.
En el inicio de la pandemia, el Gobierno aplicó por ley que un trabajador que haya sido afectado por un ERTE no podrá ser despedido por la empresa durante los 6 meses siguientes a su reincorporación.
Sin embargo, dos meses después de la aprobación de esta ley, el Gobierno decidió flexibilizar dicha medida, que prevé las circunstancias excepcionales en las que el despido sí estaría permitido: «Se excluyen de dicho compromiso de mantenimiento del empleo aquellas empresas en las que existe riesgo de declararse en concurso de acreedores». Es decir, que si una empresa está en riesgo de concurso y lo acredita, puede aplicar un despido objetivo por causas económicas, organizativas y de producción, con lo que el trabajador recibiría su indemnización de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.
Otro caso de despido permitido tras un ERTE sería el despido disciplinario a un trabajador por alguno de los comportamientos previstos en el Estatuto de los trabajadores, como son faltas repetidas e injustificadas de asistencia, la desobediencia, acudir en estado de embriaguez al trabajo, o en casos de acoso sexual o discriminación por convicciones religiosas, sexo o raza.
Por lo tanto, SÍ te pueden despedir tras un ERTE, pero se deberá cumplir alguna de las condiciones anteriores.