Operarios de una funeraria durante un servicio con mascarillas

¿Cubre tu seguro de vida el coronavirus? Los expertos apuntan lo que hay que hacer

El Registro de Contratos de Seguro de fallecimiento permiten saber si tu familiar tenía contratada una póliza

Operarios de una funeraria durante un servicio con mascarillas
Muchas familias no saben si el fallecido tenía un seguro de vida | Agencias

España suma más de 28.000 muertes oficiales desde que empezó la epidemia del Coronavirus. Según los datos, casi la mitad de los españoles cuentan con un seguro de vida. Sin embargo, en muchas ocasiones los familiares no saben si tienen derecho a cobrar el seguro, y esto añade más dolor al ya causado por el fallecimiento de un ser querido.

Los expertos afirman que por norma general, los seguros de vida deberían cubrir la muerte por coronavirus, aunque suelen contener cláusulas de exclusión por pandemia que hay que analizar caso a caso. Y esto lo cambia todo.

En el caso de las pólizas donde no aparece esta exclusión en las condiciones del contrato, las aseguradoras pueden alegar que el fallecimiento se ha producido por una enfermedad previa que el afectado no refirió.

Los expertos advierten que habría que revisar cada seguro para ver exactamente qué pone y plantear una estrategia de reclamación individualizada porque incluso en las pólizas con cláusula de exclusión se puede discutir y ganar la reclamación. Pero los abogados reconocen que se trata de contratos farragosos que se tienen que leer con detalle.

En España, cerca de 21 millones de personas tienen contratado un seguro de vida riesgo, mientras que 9 millones aparecen asegurados de vida a través de productos de ahorro y jubilación. Esto supone que casi la mitad de los españoles cuenta con una póliza de este tipo. El sector de seguros de vida gestionó 241.000 millones de euros al cierre de 2019.

Según los abogados, la media de indemnización por fallecimiento ronda los 100.000 euros, algunos son algo menos y otros más, pero la media suele ser esa cifra. En estos casos, también es recomendable estudiar caso por caso bien a fondo.

Como parte contratante, el usuario tiene derecho a saber las condiciones exactas a las que está sujeto, y por lo tanto, deben facilitarle una copia de las condiciones. Algunas aseguradoras pueden poner problemas en eso, pero es una condición obligatoria y tarde o temprano tienen que facilitar el documento a la parte interesada.

Registro de seguros

A la situación dramática de la pandemia se suma el desconocimiento por parte de los familiares de los fallecidos sobre cómo averiguar si existía un seguro de vida. Como resultado, muchas pólizas de seguros quedan sin cobrar. La mayoría están vinculadas a la contratación de productos bancarios y por esto los familiares no saben de su existencia.

Previendo estas situaciones se creó el Registro de Contratos de Seguro de fallecimiento, para poder localizarlos directamente por los interesados o terceras personas. A través de él los familiares pueden saber si una persona fallecida tenía contratado un seguro para el caso de fallecimiento y la entidad aseguradora con la que lo tenía suscrito.

Así, los posibles beneficiarios pueden dirigirse a la aseguradora para reclamar el cobro de la indemnización correspondiente. Las enferemedades preexistentes pueden ser un posible obstáculo para impedir el cobro del seguro, puesto que hay cláusulas de exclusión en ese sentido.