Los cines y los gimnasios vuelven a abrir en Barcelona. La justicia catalana ha estimado un recurso, dejando sin efecto la resolución que suspendía su reapertura a causa del coronavirus.
La Sección Segunda de la sala contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha estimado el recurso presentado por varias entidades. Así, ha dejado sin efecto la resolución de mitad de julio que suspendía la apertura de cines y espacios deportivos y gimnasios a causa del COVID-19.
Estos lugares deberán seguir los protocolos sanitarios oportunos
La apertura de los establecimientos cinematográficos permitidos deberá hacerse de acuerdo al protocolo sanitario. El gremio reclamó que se suspendiera el cierre, al menos hasta que se resuelva el fondo del recurso. El sector hizo alusión a las grandes pérdidas económicas que provoca esta situación a estos establecimientos. Los gastos son inasumibles e irreparables, aseguraron en su reclamación.
Este proceso de reapertura afecta sólo a cines, no a los teatros u otras salas de espectáculos. El motivo es que estos otros locales optaron por no recurrir en su momento.
No hay que olvidar que los magistrados también han acordado la suspensión solicitada por la Unión de Federación Deportivas de Catalunya de la resolución de la Generalitat sobre el cierre de las equipaciones e instalaciones deportivas.
La entidad que ha presentado el recurso señala que el cierre de las instalaciones y equipamientos deportivos «provoca a los operadores unos daños económicos que, en muchos casos, pueden llevar al cierre definitivo y a la pérdida de puestos de trabajo». Pero no sólo eso. Además, a la vez también se causa perjuicios a los usuarios. A estos últimos se les priva «de la práctica deportiva y de los beneficios físicos y emocionales que se derivan».
Por otro lado, se ha rechazado por el momento la petición de la Federación Catalana de locales de Ocio Nocturno. En el caso de las discotecas no concurre la especial urgencia para resolver el asunto.Las discotecas no reabrirán por el momento, aunque se ha concedido un plazo a la Administración autonómica para que pueda formular alegaciones.